Última revisión
Conformidad con la acusación del MF en juicio ordinario
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Orden: penal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El letrado de la Administración de Justicia, pasará los autos para instrucción por otro, que no bajará de tres días ni excederá de diez, según el volumen del proceso, al Ministerio Fiscal, si la causa versa sobre delito en que deba tener intervención, después al Procurador del querellante, si se hubiere personado, y por último a la defensa del procesado o procesados.
Al ser devuelta, se acompañará escrito conformándose con el auto del inferior que haya declarado terminado el sumario, o pidiendo la práctica de nuevas diligencias.
En el mismo escrito, si la opinión fuera de conformidad con el auto de terminación del sumario, se solicitará por el Ministerio Fiscal, cuando intervenga, por el Procurador del querellante, si lo hubiere, y por la defensa del procesado o procesados, lo que estimen conveniente a su derecho, respecto a la apertura del juicio oral o sobreseimiento de cualquier clase (art. 627 LECrim)
Procedimiento ordinario
Autos [AUTOS_NUMERO]
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], tal y como ha sido debidamente acreditada en los autos de referencia contra mi representado, y bajo la Dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Colegiado [NUMEROCOLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE], ICA [LOCALIDAD], ante el Juzgado comparece y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que, teniendo en cuenta la representación conferida y siguiendo instrucciones de mi mandante, en cumplimiento de lo dispuesto en los
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