Última revisión
18/11/2025
Escrito de interposición de recurso contencioso administrativo frente a la desestimación del recurso de alzado por silencio administrativo
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 18/11/2025
El recurso contencioso-administrativo es admisible en relación con las disposiciones de carácter general y con los actos expresos y presuntos de la Administración pública que pongan fin a la vía administrativa. El artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone los actos que ponen fin a la vía administrativa, y el artículo 46 de la LJCA establece que el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
AL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO/A LA SECCIÓN DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR], procurador/a de los tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI] con domicilio a efectos de notificaciones en [DIRECCIÓN], cuya representación acredito por medio de escritura pública de poder...
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