Última revisión
Notificación a coheredero de venta de derechos hereditarios
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 02/04/2019
Resumen:
Indica el art. 1067 del Código Civil (CC) que "Si alguno de los herederos vendiere a un extraño su derecho hereditario antes de la partición, podrán todos o cualquiera de los coherederos subrogarse en lugar del comprador, reembolsándole el precio de la compra, con tal que lo verifiquen en término de un mes, a contar desde que esto se les haga saber."
Por el presente escrito, el coheredero vendedor, pone de manifiesto al resto (la notificación va dirigida a uno) de coherederos la misma, a efectos de que se pudieren subrogar.
D/Dña. [NOMBRE COHEREDERO VENDEDOR]
Domicilio [DESCRIPCIÓN]
TLF [NÚMERO]
A/A de D/Dña [NOMBRE COHEREDERO]
Por la presente,
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