Otorgamiento de representación de Sociedad Anónima o Limitada a administradores solidarios
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Otorgamiento de representación de Sociedad Anónima o Limitada a administradores solidarios

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Orden: mercantil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

A tenor del art. 233 de la Ley de Sociedades de Capital«1. En la sociedad de capital la representación de la sociedad, en juicio o fuera de él, corresponde a los administradores en la forma determinada por los estatutos, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.

2. La atribución del poder de representación se regirá por las siguientes reglas: (...) b) En caso de varios administradores solidarios, el poder de representación corresponde a cada administrador, sin perjuicio de las disposiciones estatutarias o de los acuerdos de la junta sobre distribución de facultades, que tendrán un alcance meramente interno. (...)»

Siguiendo lo dispuesto en el citado precepto, a continuación se ilustra un escrito de otorgamiento de representación de Sociedad Anónima o Limitada a administradores solidarios.

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COMPARECEN

 

De una parte, como Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], vecino de [LOCALIDAD], con DNI/NIF n.º [NIF_CIF_DNI_CLIENTE], que actúa en su propio nombre.

De otra parte, como, Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], vecino de [LOCALIDAD], con DNI/NIF n.º [NIF_CIF_DNI_CLIENTE] mayor de edad.

 

INTERVIENE en nombre y representación de [NOMBRE_EMPRESA] S.A. (o S.L.), domiciliada en [LOCALIDAD] de duración indefinida (o por plazo de [DESCRIPCION]), que fue constituida mediante escritura otorgada en [LOCALIDAD] el día [FECHA] ante el Notario [NOMBRE_NOTARIO], bajo el número [NUMERO] de protocolo, que fue inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de [PROVINCIA] en el tomo [NUMERO] general, [NUMERO] de la sección [NUMERO] del libro de Sociedades, folio [NUMERO], hoja número [NUMERO], inscripción [NUMERO] y cuyo CIF es [NUMERO].

Actúa en su calidad de Administrador solidario de dicha Sociedad, para cuyo cargo fue nombrado en la escritura constitutiva.

De la copia de la escritura constitutiva que tengo a la vista, transcribo los particulares que estimo pertinentes para este otorgamiento, sin que en lo omitido haya nada que altere, modifique, restrinja o condicione lo transcrito:

Los señores otorgantes, dando a este acto el carácter de Junta General Universal de Accionistas, acuerdan por unanimidad nombrar administradores solidarios a Don/Doña [NOMBRE] y Don/Doña [NOMBRE].

ESTATUTOS [DESCRIPCION]

«Art. [NUMERO]. Los Administradores Solidarios tendrán la totalidad de las facultades de gestión y representación de la Sociedad, ejecutarán los acuerdos de la Junta General y podrán realizar todos aquellos actos y celebrar todos los contratos que estimen convenientes, aun cuando supongan adquisición, enajenación, hipoteca o gravamen de bienes muebles o inmuebles.»

Asegura la vigencia de su cargo y de sus facultades representativas así como la subsistencia de la Entidad que representa.

 

 

 

 

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