Escrito de poder poder especial para actos de disposición, administración, enaje...sobre bien inmueble.
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Escrito de poder poder es... inmueble.

Última revisión
01/02/2019

Escrito de poder poder especial para actos de disposición, administración, enajenación y gravamen sobre bien inmueble.

Tiempo de lectura: 7 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/02/2019

Resumen:

Un poder general para actos de dominio es aquel que es conferido para que el apoderado tenga todas las facultades de un dueño, es decir: vender, donar o ejercer cualquier otro acto de dominio relacionado con los bienes de la propiedad del Poderdante.


 

NÚMERO PROTOCOLO [NUMERO]

ESCRITURA DE PODER ESPECIAL

En [LOCALIDAD], mi residencia, a [FECHA]

Ante mi, D/Dña. [NOMBRE], Notario del Ilustre Colegio Notarial de [ESPECIFICAR], se formaliza el presente instrumento público, en los siguientes términos:

COMPARECE

PARTE PODERDANTE

DON/DOÑA [NOMBRE], mayor de edad, [PROFESION], [ESTADO_CIVIL], vecino de [LOCALIDAD], domiciliado [DOMICILIO], y con D.N.I. número [DNI].
Interviene

En su propio nombre y derecho

FE DE CONOCIMIENTO, JUICIO DE CAPACIDAD Y CALIFICACIÓN

Identifico al/la compareciente por su reseñado documento de identidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley del Notariado.

Tiene, a mi juicio, capacidad legal suficiente para el otorgamiento de la presente ESCRITURA DE PODER ESPECIAL

APODERAMIENTO

El/la Sr./Sra. Compareciente confiere poder tan amplio y bastante como en Derecho sea necesario a favor de las personas y las facultades que se reflejan en los apartados siguientes

A).- PARTE APODERADA

DON/DOÑA [NOMBRE], mayor de edad, [PROFESION], [ESTADO_CIVIL], vecino de [LOCALIDAD], domiciliado [DOMICILIO], y con D.N.I. número [DNI].

B).- FACULTADES

1.- BIENES INMUEBLES.- Administrar bienes inmuebles; darlos y tomarlos en arriendo, percibir rentas y productos; enajenar bienes inmuebles y gravarlos, desahuciar, contratar servicios, suministros y seguros; pagar toda clase de impuestos; consentir traspasos de locales de negocio, ejercitar el derecho de tanteo y retracto respecto a ellos y cobrar la participación que corresponda o convenga en el precio del traspaso. Asistir a toda clase Juntas, y especialmente, las vecinales y de Comunidades de Propietarios, emitiendo en ellas su parecer y voto con entera libertad; apruebe cuanto en las mismas se acuerde o efectúe las correspondientes protestas, reservándose su derecho para recurrir ante quien corresponda, y en general, administrar inmuebles con la extensión correspondiente a esta facultad.

Disponer, enajenar, gravar, adquirir y contratar, activa o pasivamente, respecto de toda clase de bienes muebles o inmuebles, derechos reales y personales, acciones y obligaciones, cupones, valores y cualesquiera efectos públicos y privados, pudiendo en tal sentido, con las condiciones y por el precio de contado, confesado o aplazado, que estime pertinentes, ejercitar, otorgar, conceder y aceptar, compraventas, aportaciones, permutas, cesiones en pago y para pago, amortizaciones, rescates, subrogaciones, retractos, opciones y tanteos, agrupaciones, segregaciones, parcelaciones, divisiones, declaraciones de obra nueva y de obra derruida, alteraciones de fincas, cartas de pago, fianzas, transacciones, compromisos y arbitrajes; constituir, reconocer, aceptar, ejecutar, transmitir, dividir, modificar, extinguir y cancelar, total o parcialmente, usufructos, servidumbres, prendas, hipotecas, anticresis, comunidades de todas clases, propiedades horizontales, censos, derechos de superficie y, en general, cualesquiera derechos reales y personales. Aceptar y hacer donaciones puras, condicionales y onerosas.

Urbanizar y parcelar fincas, solicitar la aprobación de planes parciales y polígonos de nueva construcción, parcelaciones y reparcelaciones, y aceptarlas. Ceder bienes a fines urbanísticos
Ejercitar cualquier acción extrajudicial o judicial en relación al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles incluyendo las correspondientes a la recuperación posesoria.

Realizar deslindes, amojonamientos, agrupaciones, divisiones y segregaciones de fincas, declaraciones de obra nueva y constituir edificios en régimen de propiedad horizontal, asignando a cada finca la cuota o participación correspondiente a efectos de gastos y beneficios comunes; establecer toda de reservas y derechos, sin limitación alguna; redactar los Estatutos que rijan dicha propiedad y consentir en la distribución, entre los diferentes pisos y locales, del crédito hipotecario que pueda afectar a la totalidad del edifico.

Concertar y obtener toda clase de préstamos con entidades bancarias y de crédito, por los plazos, intereses y demás condiciones que estipule.

Hipotecar toda clase de bienes inmuebles.

Comprar, vender, permutar o por cualquier otro título, adquirir y enajenar toda clase de bienes inmuebles, por el precio, condiciones, y garantías de toda clase que concierten, incluso la hipotecaria o de condición resolutoria expresa que podrá cancelar en su día.

Constituir y extinguir toda clase de servidumbres y demás derechos reales y arrendamientos inscribibles; igualmente, constituir, aceptar, modificar, adquirir, enajenar, posponer y cancelar total o parcialmente, hipotecas, prendas, anticresis, prohibiciones, condiciones y toda clase de limitaciones y garantías.

Solicitar e instar toda clase de expedientes de dominio en relación a bienes inmuebles y de liberación de cargas.

Intervenir en expedientes de expropiación forzosa seguidos ante cualquier Administración Pública, convenir valores, aceptar los prefijados o impugnarlos, nombrar peritos para la valoración o aceptar los ya nombrados, conceder permisos de ocupación de lo expropiado, entablar reclamaciones y recursos, recibir el valor y retirarlo otorgando carta de pago.

2.- EJERCICIO.- A los efectos expresados, para cualquier caso o circunstancia contemplado en este poder, otorgar y firmar todo tipo de documentos públicos y privados, incluso de rectificación, sin ninguna excepción aunque se incurra en la figura jurídica de la autocontratación, exista doble o múltiple representación o conflicto de intereses.

OTORGAMIENTO

Se hacen a la PARTE PODERDANTE las reservas y advertencias legales.

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS.- Queda la PARTE COMPARECIENTE informada de lo siguiente:

Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y, en su caso, sustantiva que resulte aplicable al acto o negocio jurídico documentado. La comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial.

La finalidad del tratamiento de los datos es cumplir la normativa para autorizar el presente documento, su facturación, seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que puedan derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles precisos para la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
El notario realizará las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda o sustituya al actual en esta Notaria.

Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o quien le sustituya o suceda.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal ante la Notaria autorizante, sita en [DOMICILIO]. Asimismo, tiene el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.
Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (o la ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de los personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

AUTORIZACIÓN

Conforme a lo dispuesto en el artículo 193 del Reglamento Notarial, le leo en alta voz e íntegramente esta Escritura, antes de su firme, a la PARTE COMPARECIENTE, por su elección, aun manifestando que sabe y puede leerla por sí, pero manifestando su renuncia a tal derecho.
Y una vez leída la Escritura, la encuentra CONFORME CON SU VOLUNTAD, la cual ha sido debidamente informada y sed adecua efectivamente al contenido de este instrumento. La FIRMA conmigo, el Notario, que:

.- de identificar a la citada parte en la comparecencia, y de tener, a mi juicio, capacidad y legitimación para el presente otorgamiento,

.- de haberse observado la unidad de acto y demás formalidades legales,

.- y, en general, de todo lo contenido en este instrumento público extendido en siete folios de papel de uso exclusivamente notarial, el presente y los seis siguientes en orden correlativo, de la misma serie, DOY FE.

Está la firma de la PARTE COMPARECIENTE. Signado. D./Dña. [NOMBRE]. Rubricado y sellado.

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