Escrito de presentación de nuevo Convenio Regulador de separación/divorcio
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Escrito de presentación d...n/divorcio

Última revisión
08/02/2019

Escrito de presentación de nuevo Convenio Regulador de separación/divorcio

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 08/02/2019

Resumen:

“Concedida la separación o el divorcio, si la sentencia no aprobase en todo o en parte el convenio regulador propuesto, se concederá a las partes un plazo de diez días para proponer nuevo convenio, limitado, en su caso, a los puntos que no hayan sido aprobados por el tribunal.” ( Art. 777.7 Ley de enjuiciamiento civil (LEC) )


 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº [NUMERO] DE [CIUDAD]

Procedimiento: [SEPARACION/DIVORCIO]

Número[NUMERO/AÑO]

 

Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE] Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] y Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] cuya representación consta acreditada en las presentes actuaciones, ante este Juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por medio del presente escrito, se formula nueva propuesta de convenio regulador, y ello con relación a los siguientes

 

HECHOS

 

Primero. En fecha [FECHA] recayó sentencia en el presente procedimiento por la que se decretó (el divorcio/la separación) de mis mandantes, si bien no se aprobaron la totalidad de las medidas propuestas en el convenio regulador

Segundo. Los puntos en los que no hubo aprobación fueron los concernientes a la pensión alimenticia, régimen de visitas y pensión compensatoria.

Tercero. En fecha [FECHA] fue dictada providencia por este Juzgado por la cual se concedía a las partes el plazo de diez días para proponer nuevo convenio.

Cuarto. Que mediante la presente, y en virtud de lo expuesto en el art. 777 de la LEC, aportamos dentro de plazo, propuesta de nuevo convenio regulador con las modificaciones expresas, realizadas en los apartados no aprobados por el Juzgado al que nos remitimos.

 

Se establecen, al efecto, las siguientes cláusulas:

 

PRIMERA: PENSIÓN ALIMENTICIA

Se fija la cantidad de [CANTIDAD EN LETRA] Euros ([CANTIDAD EN NÚMERO]€ ) mensuales en concepto de contribución de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] a los alimentos para sus hijos.

Dicha cantidad será ingresada mensualmente, por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la entidad bancaria de [LUGAR], oficina [NUMERO] sita en la c/ [LUGAR] nº. [NUMERO] de [LUGAR].

Esta cantidad será revisada anualmente en proporción a las variaciones del [ESTABLECER ÍNDICE DE APLICACIÓN] que publique el Instituto Nacional de Estadística o cualquier otro organismo público que en el futuro pudiera cumplir análoga misión.

 

SEGUNDA: GASTOS EXTRAORDINARIOS

Los gastos extraordinarios de los hijos, de naturaleza médica, no cubiertos por la Seguridad Social, y los relativos a los libros de texto y matrículas, serán abonados por mitad por ambos progenitores, y los relativos a gastos por clases extraordinarias de repaso, viajes escolares de los menores serán a cargo, por mitad, de ambos progenitores, siempre que previamente se haya prestado su conformidad o así vengan recomendados por el centro escolar, caso contrario serán sufragados por el progenitor que haya decidido su realización. Cualesquiera otros deberán ser pactados previamente.

 

TERCERA: COMUNICACIONES Y ESTANCIAS

  1. Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] podrá estar en compañía de sus hijos de la manera siguiente:

a) Semanal: Don/Doña [NOMBRE CLIENTE]  podrá tener consigo a los hijos un fin de semana de cada dos, de sábado por la mañana a domingo por la tarde, recogiéndolos y devolviéndolos en el domicilio de la madre, en horas que respeten el horario habitual de los niños.

Podrá igualmente tener consigo a los hijos una tarde entre semana, entre martes o jueves, a convenir entre los padres, recogiéndolos en el colegio, y depositándolos en el domicilio de la madre.

b) Periodos de vacaciones: Por Navidad, los hijos pasarán la mitad de sus vacaciones escolares con el padre y la mitad con la madre, rotando éstos anualmente el período que pasarán con cada uno, empezando este año con la primera porción con la madre y la segunda con el padre, sin perjuicio de intercambiarse el turno por acuerdo de los padres.

En Semana Santa, los hijos pasarán un año con el padre y otro con la madre en años alternos.

Durante el período de vacaciones de verano escolares, correspondiente a los meses de julio y agosto, pasarán los hijos un mes con el padre y otro con la madre, a convenir entre éstos con la suficiente antelación, y caso de desacuerdo, la madre elegirá los años pares y el padre los impares.

  1. Como régimen de visitas a favor de los abuelos se establece el siguiente :

c) En general: En los fines de semana y periodos vacacionales en que al padre corresponda tener consigo a los hijos, si el mismo estuviera fuera de la localidad, como ocurre por motivos laborales, podrán encargarse de tener consigo a aquéllos los abuelos paternos, [NOMBRE] y [NOMBRE], quienes les recogerán y devolverán en el domicilio de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], como sea de costumbre, pudiendo pasar estos periodos los menores en el domicilio, bien del padre, bien en el de los abuelos.

d) Semanal: Una tarde de la semana, de martes a jueves, aparte de la que haya elegido Don/Doña [NOMBRE CLIENTE]  por corresponderle, los abuelos paternos podrán tener en su compañía a los hijos, tomándolos a la salida del colegio y devolviéndolos antes de las 22.00 horas al domicilio de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE]

3. Normas generales.

e) Se favorecerán las relaciones de los hijos, no sólo con los abuelos paternos, como se regula, sino con los parientes de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], en especial, con [NOMBRE] y [NOMBRE].

f) Las visitas pactadas como semanales ordinarias se suspenderán durante los periodos de vacaciones.

g) El padre o abuelo que se encuentre con los hijos permitirá y facilitará en todo momento la comunicación con cualquiera de los progenitores, otros abuelos, parientes y allegados de la familia, siempre que ésta no se produzca de forma caprichosa, injustificada o fuera de las horas normales para ello.

h) Cualquiera de los padres o abuelos que traslade a los menores de un lugar conocido a otro desconocido, lo comunicará a los demás, y dará también el nuevo teléfono, si lo hubiere.

i) En caso de enfermedad de los hijos, cualquiera de los progenitores deberá comunicárselo al otro, y en caso de estancia con los abuelos, comunicárselo a los dos padres, permitiendo la visita en el domicilio al padre o abuelo que lo interese y, en todo caso, deberá considerarse la opinión de padres y abuelos en lo relativo a médicos, tratamientos, hospitales, etc.

j) Los progenitores se comprometen a interpretar este convenio tomando siempre en consideración el interés y protección de los menores, y a evitar cualquier actitud que afecte el cariño y respeto de los hijos hacia ambos padres, y hacia cualquiera de sus abuelos.

CUARTA: PENSIÓN COMPENSATORIA

Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] abonará a Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] en concepto de pensión compensatoria la cantidad de [CANTIDAD EN LETRA] Euros ([CANTIDAD EN NÚMERO]€) mensuales. Dicha cantidad será ingresada mensualmente y revisada anualmente a tenor de lo establecido en el apartado anterior para los alimentos.

Fdo. [NOMBRE CLIENTE]             Fdo. [NOMBRE PARTE CONTRARIA]

 

 

Por ello,

SUPLICO AL JUZGADO, que tenga por presentado este escrito, de conformidad con el artículo 777.7 de la LEC, lo admita y dicte auto aprobando el Convenio Regulador de separación/divorcio en los términos interesados.

Con todo lo demás que sea procedente en Derecho

 

Por ser de Justicia que se solicita en [LUGAR] a [FECHA]

Ltdo [NOMBRE Y FIRMA DE LETRADO]   PROC. [NOMBRE Y FIRMA PROCURADOR]

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