Última revisión
Reclamación a la administración de cumplimiento de prestación debida
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
En el apartado 1 del artículo 29 de la Ley 29/1998, de 13 de julio se establece que: «Cuando la Administración, en virtud de una disposición general que no precise de actos de aplicación o en virtud de un acto, contrato o convenio administrativo, esté obligada a realizar una prestación concreta en favor de una o varias personas determinadas, quienes tuvieran derecho a ella pueden reclamar de la Administración el cumplimiento de dicha obligación. Si en el plazo de tres meses desde la fecha de la reclamación, la Administración no hubiera dado cumplimiento a lo solicitado o no hubiera llegado a un acuerdo con los interesados, éstos pueden deducir recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración.»
Al [ORGANO]
Dº/Dª [NOMBRE] mayor de edad, con DNI nº [NUMERO], vecino de [LOCALIDAD] con domicilio en la calle [CALLE], comparezco ante este órgano administrativo y como mejor proceda en Derecho
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