Última revisión
Recurso contra liquidación provisional dictada en actuaciones previas del Tribunal de Cuentas
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El apartado 1 del art. 48 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (con frecuencia utilizado para recurrir las actas de liquidación provisional y las consecuentes providencias de pago) señala lo siguiente: «1. Contra las resoluciones dictadas en la pieza separada a que hace referencia el art. 45 o en las actuaciones prevenidas en los arts. 46 y 47, todos de la presente Ley, en que no se accediera a completar las diligencias con los extremos que los comparecidos señalaren o en que se causare indefensión, se dará recurso ante la Sala del Tribunal que corresponda, a interponer dentro del plazo de cinco días.»
Nótese, en todo caso, que el recurso señalado es un recurso que se configura como un recurso especial y sumario por razón de la materia (así lo define la propia Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas) y sus motivos son tasados: que no se accediere a completar las diligencias con los extremos que los comparecidos señalaren o que se causare indefensión. Su finalidad no es, por tanto, como acostumbra a señalar la Sala, «conocer el fondo del asunto sometido a enjuiciamiento contable sino, únicamente, revisar las resoluciones dictadas en la fase de instrucción que puedan impedir o minorar la defensa de quienes intervienen en las mismas». El enjuciamiento sobre las cuestiones de fondo se produce, y allí deberán debatirse, en el procedimiento posterior al que den lugar las actuaciones previas.
A LA SALA DE JUSTICIA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
Don/Doña [NOMBRE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de la mercantil (1) [NOMBRE], con CIF [NUMERO] y domicilio en [ESPECIFICAR], según copia de escritura de poder que debidamente bastanteada acompaño (2), y bajo la dirección letrada de Don/Doña [NOMBRE], abogado colegiado n.º [NUMERO] del Ilustre Colegio de Abogados de [ESPECIFICAR] (3) ante esa Sala comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO:
Que mediante el presente escrito y dentro del plazo legal de 5 días desde la notificación de las mismas, formulo el RECURSO al que se refiere el artículo 48.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, contra el Acta de Liquidación Provisional y la Providencia de requerimiento de pago de [FECHA] (3), ambas dictadas en las Actuaciones Previas número [NUMERO] referidas a [ESPECIFICAR] seguidas ante ese Tribunal de Cuentas, en base a los siguientes
HECHOS
PRIMERO.- Con fecha de [FECHA] el Delegado-Instructor de las Actuaciones Previas n.º [NUMERO], practicó Liquidación Provisional de presunto alcance por importe de [NUMERO] de euros, de los cuales (4) [NUMERO] corresponden a principal y [NUMERO] a intereses.
SEGUNDO.-Mediante providencia de igual fecha, el Delegado-Instructor de las Actuaciones Previas antes referidas acordó requerir a mi representada, como presunta responsable contable directa, el [ESPECIFICAR] (5) de los importes en que había cifrado de modo provisional su responsabilidad contable, por cuanto [ESPECIFICAR] (6)
TERCERO.-
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