Última revisión
Comunicación de representante de los trabajadores a la empresa esgrimiendo prioridad de permanencia ante decisión de traslado
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 40.7 del Estatuto de los Trabajadores (ET), los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en los puestos de trabajo a que se refiere el propio artículo 40 ET, regulador de la movilidad geográfica.
Por lo anterior, ante la decisión de la empresa de trasladar al representante de los trabajadores a un centro de trabajo distinto implicando cambio de residencia, éste podrá alegar su prioridad de permanencia en la ubicación actual a través de un escrito como el que se muestra a continuación.
A la atención de la empresa [NOMBRE_EMPRESA]
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR], trabajador/a de esta empresa y miembro del comité de empresa de la misma, habiendo recibido notificación de la empresa con [DÍA] de [MES] de [AÑO] en la que, al amparo del art. 40. 1 del
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