Última revisión
Revocación de la dimisión previamente presentada por el trabajador
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
A la luz del art. 49.1 de Estatuto de los Trabajadores en su letra a), el contrato de trabajao podrá extinguirse por mutuo acuerdo de las partes. Asimismo, la letra j) del citado precepto añade como causa de extinción de la relación laboral la voluntad del trabajador fundamentada en un incumplimiento contractual del empresario.
El siguiente formulario permite la revocación o retractación de la dimisión previamente presentada por el trabajador. Según los Tribunales, esto es posible cuando perviva el vínculo laboral y antes de que el abandono se haya hecho efectivo (durante el periodo de preaviso), siempre que ésta no implique perjuicio sustancial a la otra parte o a terceros.
Sr./Sra. D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR]
A la empresa [NOMBRE_EMPRESA]
Domicilio [DOMICILIO_TRABAJADOR]
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