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Solicitud de devolución de obra entregada en depósito
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De acuerdo con el art. 1775 CC, el depósito debe ser restituido al depositante cuando lo reclame, aunque en el contrato se haya fijado un plazo o tiempo determinado para la devolución, salvo que judicialmente haya sido embargado el depósito en poder del depositario, o se haya notificado a éste la oposición de un tercero a la restitución o traslación de la cosa depositada.
Para reclamar la restitución de la obra entregada al depositante, el depositario podrá valerse del siguiente modelo.
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