Última revisión
Solicitud de terminación de proceso civil por existencia de cosa juzgada penal
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
La sentencia del Tribunal Supremo, n.º 262/2016, de 20 de abril, ECLI:ES:TS:2016:1659, establece con cita de jurisprudencia anterior (SSTS de 31 mayo 2011, Rec. 1899/2007, y 11 enero 2012, Rec. 2120/2009, entre otras) que las sentencias penales absolutorias no crean cosa juzgada vinculante para el posterior proceso civil, salvo que se declare expresamente probado que el hecho no ocurrió en la realidad.
Por su parte, el art. 22 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que cuando, por circunstancias sobrevenidas a la demanda y a la reconvención, dejare de haber interés legítimo en obtener la tutela judicial pretendida, porque se hayan satisfecho, fuera del proceso, las pretensiones del actor y, en su caso, del demandado reconviniente o por cualquier otra causa, se pondrá de manifiesto esta circunstancia y, si hubiere acuerdo de las partes, se decretará por el letrado de la administración de justicia la terminación del proceso, sin que proceda condena en costas.
De acuerdo con lo anterior, el siguiente formulario permitirá solicitar la terminación del proceso civil por existencia de cosa juzgada cuando, sobre los mismos hechos, hubiere recaído sentencia en el orden penal.
NIG: [NUMERO]
Procedimiento: [NUMERO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador en los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], asistido del letrado D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE]; ante el juzgado comparezco y, de
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