Escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación de IRPF y devolución de prestación por maternidad

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  • Orden: Fiscal
  • Fecha última revisión: 10/10/2018
  • Resumen:

    Cuando un obligado tributario considere que una autoliquidación ha perjudicado de cualquier modo sus intereses legítimos, podrá instar la rectificación de dicha autoliquidación de acuerdo con el procedimiento que se regule reglamentariamente. ( L-696586-120 de la LGT )

    NOVEDAD: El Supremo reconoce la excención en el IRPF de la prestación por maternidad.

    Ver: N-29183 ; B-70

    Este formulario se encuentra actualizado a la STS de 03/10/2018 por la que se fija la siguiente doctrina: “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.”

    Última hora de Hacienda, 10 de octubre de 2018: N-29191


DEPENDENCIA DE GESTIÓN DE LA DELEGACIÓN / ADMINISTRACIÓN DE [LUGAR] DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Don/Doña [NOMBRE] con N.I.F. [NIF], domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su representación Don/Doña [NOMBRE], con N.I.F. [NIF] y domicilio fiscal en [DOMICILIO]

EXPONE

PRIMERO: Que el día [DIA], de [MES], de [ANIO] presenté declaración-liquidación por el concepto tributario [CONCEPTO] ejercicio [ANIO], referencia [NUMERO], resultando una cantidad a ingresar de [CANTIDAD] Euros/ resultando una cantidad a devolver de [CANTIDAD] Euros

Se acompaña la declaración y carta de pago.

SEGUNDO: En dicha autoliquidación ha quedado constancia de la existencia de un error, en concreto, el declarar como rendimiento de trabajo [CANTIDAD] euros en el citado ejercicio en concepto de prestación por maternidad pagada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

TERCERO: Que el artículo 7 letra h) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, prevé una serie de rentas exentas de tributación por el impuesto, en las que debería estar incluida la prestación por maternidad recibida del INSS.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado 2 sentencias considerando que la prestación por maternidad entra dentro de las rentas exentas previstas en el citado artículo.

En la primera de las sentencias dictada el 5 de julio de 2016 (1) , la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid considera que “(...) la prestación por maternidad percibida por la actora de ese ente público tiene que estar forzosamente incluida en el tercer párrafo del art. 7h) LIRPF , ya que ese precepto reconoce tal beneficio tributario, con carácter general, en su párrafo tercero y lo que hace en el párrafo cuarto es ampliar el beneficio fiscal a las prestaciones que tengan procedencia de otros entes públicos, ya

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Contrato de Trabajo
Transferencia bancaria
Reintegro de prestación indebida
Ingresos indebidos
Devolución de ingresos indebidos
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