Estatutos de Sociedad de Responsabilidad Limitada administrada mediante Consejo de Administración
Formularios
Estatutos de Sociedad de ...nistración

Última revisión
01/01/2023

Estatutos de Sociedad de Responsabilidad Limitada administrada mediante Consejo de Administración

Tiempo de lectura: 16 min

Tiempo de lectura: 16 min

Relacionados:

Orden: mercantil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Antes de firmar el documento de constitución de una Sociedad Limitada los socios habrán de acordar en qué porcentaje participará cada uno, así como el contenido de los estatutos que van a regir el funcionamiento de la misma.

Los estatutos son las normas que marcan el régimen normativo interno de la empresa, por lo que la claridad de su clausulado es fundamental a los efectos de evitar conflictos entre los socios. Los puntos básicos que obligatoriamente deben contemplarse en los estatutos de toda Sociedad Limitada son: La razón social (autorizada por el Registro Mercantil), el capital social, el domicilio y el objeto social de la empresa (aquellas actividades a las que se va a dedicar la empresa). Asimismo, habrá de definirse la forma de administración de la sociedad, especificando si habrá uno o varios administradores (solidarios o mancomunados) o un consejo de administración (en cuyo caso habrán de especificarse las facultades del órgano, la gratuidad o retribución de los cargos, su duración, etc.) así como la periodicidad de las convocatorias de junta general ordinaria y extraordinaria y el procedimiento de las mismas.

El siguiente modelo, diseñado para ayudar a la fijación de los estatutos de una Sociedad Limitada, prevé la creación de un Consejo de Administración y restringe la transmisión de participaciones, con el consiguiente derecho de adquisición preferente de las mimas a favor de los socios. Si en un futuro se decidiese cambiar el órgano de administración de la sociedad, habría que modificar los Estatutos en lo referente al artículo 8 (Título III) y a los artículos concernientes al capítulo 2º del Título III.

 


ESTATUTOS SOCIALES DE «[NOMBRE_EMPRESA], S.L.»

 

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES


Artículo 1º.- Denominación y legislación aplicable

La sociedad será denominada [MOMBRE_EMPRESA], S.L. (en adelante, «la Sociedad»), y se regirá por los presentes estatutos sociales, por la Ley de Sociedades de Capital y por las demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

 

Artículo 2º.- Objeto Social

La sociedad tiene por objeto el que a continuación se expresa:

[ESPECIFICAR]. (1)

Quedan excluidas del objeto social de la presente Sociedad, aquellas actividades para cuyo ejercicio las leyes exijan requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad. Se excluyen de este objeto todas aquellas actividades sujetas a legislación especial reservadas a sociedades que cumplan los requisitos especiales no cumplidos por esta Sociedad.

Si las disposiciones legales vigentes exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social delimitado en este artículo, estar en posesión de un título profesional determinado, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente la titulación profesional requerida para la actividad de que se trate. Por otra parte, si esas mismas disposiciones legales exigiesen para el desarrollo de la actividad de que se trate contar con autorización administrativa o la inscripción en determinados Registros Públicos, no podrá iniciarse el ejercicio de dicha actividad hasta que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos para la misma.

 

Artículo 3º.- Duración y comienzo de operaciones

La Sociedad tendrá duración indefinida y dio comienzo a sus operaciones el día [FECHA] de su constitución en escritura pública.

 

Artículo 4º.- Domicilio Social

La Sociedad fija su domicilio en [DOMICILIO], donde se encuentra su centro de efectiva administración y dirección.

El Órgano de Administración de la Sociedad será competente para acordar el traslado del domicilio social dentro del mismo término municipal así como para crear, suprimir o trasladar sucursales, agencias, delegaciones, representaciones y dependencias, tanto en el territorio nacional como fuera de él.

 

TÍTULO II

DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LAS PARTICIPACIONES

 

Artículo 5º.- Capital Social y participaciones sociales

El capital social, el cual se encuentra totalmente desembolsado desde su origen, se cifra en [CANTIDAD] EUROS.

Mencionado capital se encuentra dividido en [NUMERO] PARTICIPACIONES SOCIALES iguales de [CANTIDAD] € de valor nominal cada una de ellas, acumulables e indivisibles, que no tendrán carácter de valores, ni podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones, numeradas correlativamente del uno al [NÚMERO], ambas inclusive.

La condición de socio va ligada a la titularidad de, al menos, una de las participaciones sociales. Todas y cada una de las participaciones sociales atribuyen el mismo contenido de derechos. Cada una de las mismas atribuye a su titular el derecho a emitir un voto en la Junta General de socios.

 

Artículo 6º.- Transmisión de participaciones. Libro registro de socios

1. Respecto a la transmisión inter vivos, voluntaria o forzosa, de las participaciones sociales se estará a lo establecido, respectivamente, en los artículos 107 y 109 de la Ley de Sociedades de Capital, con las modificaciones que a continuación se expresa:

- Se aplicará el régimen legal de restricción también a la transmisión que se intente realizar a favor del cónyuge, ascendiente o descendiente del socio o a favor de sociedades que pertenezcan al mismo grupo que la transmitente. Es decir, sólo será libre la transmisión que se realice a favor de una persona, física o jurídica, que ya sea socio de la compañía.

- Se considerarán supuesto de transmisión de actos inter vivos sometidos al régimen restrictivo, las operaciones de adjudicación de participaciones a consecuencia de disolución de comunidades universales, liquidación de sociedad de gananciales (y ello a pesar de que las participaciones tengan como valor patrimonial carácter ganancial, siempre y cuando su titular formal sea sólo uno de los cónyuges), o de aumentos de capital, fusiones, escisiones

Estatutos de Sociedad de Responsabilidad Limitada administrada mediante Consejo de Administración

Ver el documento "Estatutos de Sociedad de Responsabilidad Limitada administrada mediante Consejo de Administración"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Beneficios fiscales aplicables a la empresa familiar. Paso a paso
Disponible

Beneficios fiscales aplicables a la empresa familiar. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

Manual de Derecho societario
Disponible

Manual de Derecho societario

Miguel Ángel Tenas Alós

17.00€

16.15€

+ Información

Novedades contables 2020: instrumentos financieros
Disponible

Novedades contables 2020: instrumentos financieros

Manuel Rejón López

10.87€

10.33€

+ Información

La legítima
Disponible

La legítima

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Sociedad de Responsabilidad Limitada
Disponible

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información