Contrato de arrendamiento de vivienda de uso turístico (VUT) (País Vasco)
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Contrato de arrendamient...aís Vasco)

Última revisión
01/01/2023

Contrato de arrendamiento de vivienda de uso turístico (VUT) (País Vasco)

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Las viviendas para uso turístico y el alojamiento en habituaciones de viviendas particulares para uso turístico aparecen recogidas en la Ley 13/2016 de 28 de Jul C.A.P. Vasco (Turismo)Ley desarrollada por el Decreto 101/2018 C.A.P. Vasco (Viviendas y habitaciones de viviendas particulares para uso turístico).

Es preciso por lo tanto partir del concepto previsto en el art. 53 de la Ley 13/2016 de 28 de Jul C.A.P. Vasco (Turismo), que regula las viviendas turísticas como aquellas «cualquiera que sea su tipología, que se ofrezcan o comercialicen como alojamiento por motivos turísticos o vacacionales, siendo cedidas temporalmente por la persona propietaria, explotadora o gestora y comercializadas directamente por ella misma o indirectamente, a terceros, de forma reiterada o habitual y a cambio de contraprestación económica, en condiciones de inmediata disponibilidad».

Se trata de un concepto amplio que incluye distintos tipos de viviendas, tales como las viviendas independientes que se encuentran en edificios plurifamiliares o adosados, sometidos al régimen de propiedad horizontal; las viviendas unifamiliares aisladas o pareadas; las construcciones prefabricadas o similares de carácter fijo; los apartamentos particulares, los estudios, los pisos, las denominadas villas y los chalets. Además, la propia ley aclara que no se trata de una lista exhaustiva.

Cabe recordar que la ley permite también el alquiler de habitaciones de viviendas particulares mediante precio, ofrecido por motivos vacacionales o turísticos, pero en este caso solo una persona física podrá ser titular de la actividad alojativa.

El siguiente formulario de contrato de arrendamiento contiene las condiciones necesarias para el alquiler de viviendas o habitaciones con observancia del el art. 21 del Decreto 101/2018 C.A. P. Vasco, relativo al «Contenido de la información que debe facilitarse a las personas usuarias de los alojamientos».


CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA O HABITACIÓN DE USO TURÍSTICO

 

En [LOCALIDAD], a [FECHA]

 

REUNIDOS

DE UNA PARTE, D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con NIF n.º [DNI] y con domicilio a efectos del presente documento en [DOMICILIO], en adelante EL ARRENDADOR-EXPLOTADOR.

DE LA OTRA, D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. n.º [DNI], y con domicilio a efectos del presente documento en [DOMICILIO], en adelante EL ARRENDATARIO-USUARIO.

INTERVIENEN

Ambos actuando en su propio nombre y representación, se reconocen capacidad suficiente para contratar y obligarse en los términos del presente contrato de arrendamiento de vivienda completa con finalidad turística y, a tal efecto,

EXPONEN

1. EL ARRENDADOR-EXPLOTADOR es propietario del siguiente inmueble: Vivienda ubicada en el portal [NUMERO], Planta [NUMERO] del inmueble sito en [DOMICILIO], cuya superficie y composición, así como demás características, son perfectamente conocidas por los intervinientes (1)

2. ARRENDATARIO-USUARIO está interesado en arrendar la vivienda descrita en el expositivo anterior.

3. En virtud de las consideraciones precedentes, las Partes, de sus libres y espontáneas voluntades, han acordado otorgar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA DE USO TURÍSTICO (en adelante, “el Contrato”) con sujeción a las siguientes 

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Objeto del contrato 

El objeto del presente contrato es la vivienda sita en [DOMICILIO], que se puede clasificar a efectos de la normativa vigente como [ESPECIFICAR] (2)

EL ARRENDADOR otorga en arriendo [ESPECIFICAR Inmueble/habitación] mencionado a favor del ARRENDATARIO-USUARIO, quien lo acepta, recibiéndolo en perfecto estado de conservación y con plena habitabilidad e idoneidad, en condiciones de inmediata disponibilidad para su uso (3)

La vivienda cumple los requisitos exigidos por la normativa en materia de infraestructuras, urbanismo, construcción y edificación, seguridad, medio ambiente, sanidad y consumo, higiene y salud laboral y prevención de riesgos laborales, así como los requisitos técnicos contemplados en el Decreto 101/2018.

El presente contrato se suscribe para la

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