Demanda de juicio ordinario en ejercicio de acción individual de nulidad de cond...lidad cláusula IRPH)
Formularios
Demanda de juicio ordinar...sula IRPH)

Última revisión

Demanda de juicio ordinario en ejercicio de acción individual de nulidad de condiciones generales de la contratación. (Nulidad cláusula IRPH)

Tiempo de lectura: 28 min

Relacionados:

Orden: mercantil

Fecha última revisión: 16/11/2020

Resumen:

Demanda de acción individual de nulidad prevista en la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (LCGC) del índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH).

El IRPH, es un tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de 3 años para la adquisición de vivienda libre.

Este formulario está actualizado a la nueva sentencia del TJUE C-125/18 de 3 de marzo de 2020.

También se hace referencia en el mismo a alguna de las sentencias dictadas por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictadas el 21 de octubre de 2020.

 

Tiempo de lectura: 28 min


 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]

D./Dña. [NOMBRE_PROCURADOR/A], Procurador/a de los Tribunales, colegiado núm. [NÚMERO_COLEGIADO/A] en nombre y representación de D./Dña. [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con DNI/NIE/NIF núm. [NÚMERO_DNI/NIE/NIF] y domicilio en C/ [CALLE], Nº [NUMERO], CP [CODIGO_POSTAL], [LOCALIDAD], [PROVINCIA] según consta acreditado por medio de [escritura de poder que se acompaña como documento Nº 1/ poder APUD ACTA], bajo la dirección letrada de D./Dña. [NOMBRE], colegiado número [NUMERO] ICA [LOCALIDAD], ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que mediante el presente escrito, vengo a promover DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO EN EJERCICIO DE ACCIÓN INDIVIDUAL DE NULIDAD DE CONDICIONES GENERALES, contra la entidad mercantil [NOMBRE_EMPRESA], con CIF [CIF], y domicilio social en [DOMICILIO_SOCIAL] de [LOCALIDAD], en base a los siguientes

HECHOS

Primero. Mi mandante en [FECHA] suscribió con la mercantil, un contrato de préstamo hipotecario [DESCRIPCION]

Dicho contrato, fue redactado de forma unilateral por la parte demandada conforme al modelo propio de contratación presentado, tratándose de un modelo estandarizado, y sin haber existido posibilidad de negociación o modificación del mismo por parte de mi mandante.

Se adjunta como documento n.º [NUMERO] copia del citado contrato.

Segundo. Del clausulado del contrato de préstamo hipotecario firmado por ambas partes, se desprende su carácter abusivo y por consiguiente nulidad de la cláusula relativa al índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH), por el que se establece [DESCRIPCION]

A los anteriores hechos, le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Jurisdicción y Competencia

En cuanto a la jurisdicción, corresponde el conocimiento del pleito a los órganos jurisdiccionales ordinarios españoles, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 117.3 de la Constitución Española ; 2, 9.2 y 21.1 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial (en adelante, LOPJ) y en los artículos 5 y 36 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Respecto al órgano competente para conocer del proceso,  lo es el Juzgado de Primera Instancia al que me dirijo correspondiente al domicilio del demandante, tal y como se desprende de las disposiciones de los artículos 45 y  52.1.14º de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de los artículos 85.1 de la LOPJ.

Segundo. Capacidad y Legitimación

En cuanto a la legitimación, se encuentra legitimada activamente la actora y pasivamente la demandada en virtud de lo dispuesto en artículo 10 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 3 y 4 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras normas complementarias y con el artículo 9 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones Generales de la Contratación.

Tercero. Postulación

Esta parte comparece representada de Procurador y asistida de Letrado de conformidad con los artículos 23.1 y 31.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Cuarto. Procedimiento

Se sustanciará por los trámites del juicio ordinario en virtud de las disposiciones de los artículo 248.2.1º y 249.1.5º de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Quinto. Cuantía

De conformidad con lo previsto por el artículo 253.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la cuantía del presente procedimiento es indeterminada.

Sexto. Fondo del asunto

I. Consideración de consumidor de la parte demandante

La actuación de mi mandante se realiza en calidad de consumidor, actuando en un ámbito ajeno al de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLDCU), en su artículo 3º:

“A efectos de esta norma y sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en sus libros tercero y cuarto, son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. “

II. Protección de los intereses económicos de los consumidores

Merecen una especial protección los intereses económicos de los consumidores y usuarios en particular y en lo que a esta parte interesa, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos tal y como se desprende de los artículos 8, 19, 128 y 132 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (LGDCU)

Mi mandante ha actuado en concepto de consumidor de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la LGDCU: “A efectos de esta norma y sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en sus libros tercero y cuarto, son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión”.

III. Contrato de adhesión y condiciones generales de la contratación

Los documentos contractuales que se acompañan a la presente demanda deben ser calificados como contratos de adhesión impuestos por la demandada frente a mi mandante.

En este sentido, según el artículo 1 de la LCGC, “Son condiciones generales de la contratación las cláusulas predispuestas cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes, con independencia de la autoría material de las mismas, de su apariencia externa, de su extensión y de cualesquiera otras circunstancias, habiendo sido redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos”.

No obstante, cabe señalar que de conformidad con el artículo 82.2 LGDCU, el empresario que afirme que una determinada cláusula ha sido negociada individualmente, asumirá la carga de la prueba.

IV. Ausencia de negociación individual en las cláusulas contractuales

Las cláusula impugnada no ha sido negociada de manera individual, sino que ha sido impuesta y predispuesta por la parte demandada.

Según la Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 (1):

“El artículo 1 LCGC no precisa qué debe entenderse por imposición de la condición general por una de las partes, por lo que, al desarrollarse el litigio en materia de condiciones insertas en contratos con consumidores resulta particularmente útil lo dispuesto en el art. 3.2 de la Directiva 93/13 , a cuyo tenor '[s]e considerará que una cláusula no se ha negociado individualmente cuando haya sido redactada previamente y el consumidor no haya podido influir sobre su contenido, en particular en el caso de los contratos de adhesión'.

La exégesis de la norma transcrita impone concluir que el carácter impuesto de una cláusula o condición general prerredactada no desaparece por el hecho de que el empresario formule una pluralidad de ofertas cuando todas están estandarizadas con base cláusulas predispuestas, sin posibilidad real alguna de negociación por el consumidor medio, en orden a la individualización o singularización del contrato, ya que, como afirma el Ministerio Fiscal, la norma no exige que la condición se incorpore 'a todos los futuros contratos, sino a una pluralidad de ellos.

Más aún, cuando se trata de condiciones

Demanda de juicio ordinario en ejercicio de acción individual de nulidad de condiciones generales de la contratación. (Nulidad cláusula IRPH)

Ver el documento "Demanda de juicio ordinario en ejercicio de acción individual de nulidad de condiciones generales de la contratación. (Nulidad cláusula IRPH)"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas