Última revisión
Otrosí en demanda de impugnación de la filiación solicitando medidas cautelares patrimoniales
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Orden: civil
Fecha última revisión: 27/09/2023
Resumen:
Según el artículo 768 de la LEC, mientras dure el procedimiento por el que se impugne la filiación, el tribunal adoptará las medidas de protección oportunas sobre la persona y bienes del sometido a la potestad del que aparece como progenitor.
Reclamada judicialmente la filiación, el tribunal podrá acordar alimentos provisionales a cargo del demandado y, en su caso, adoptar las medidas de protección.
Como regla general, las medidas se acordarán previa audiencia de las personas que pudieran resultar afectadas. No obstante, cuando concurran razones de urgencia, se podrán acordar las medidas sin más trámites, y el Letrado de la Administración de Justicia mandará citar a los interesados a una comparecencia, que se celebrará dentro de los diez días siguientes y en la que, tras oír las alegaciones de los comparecientes sobre la procedencia de las medidas adoptadas, resolverá el Tribunal lo que proceda por medio de auto.
Para la adopción de las medidas cautelares en estos procesos, podrá no exigirse caución a quien las solicite.
El modelo disponible a continuación ilustra el otrosí digo que podrá incorporarse a la demanda de impugnación de filiación a fin de reclamar que se dicte auto ordenando la adopción de medidas cautelares patrimoniales tendentes a proteger al menor.
OTROSÍ DIGO: esta parte solicita medidas cautelares al amparo del artículo 768.1 LEC y los siguientes
HECHOS
PRIMERO. - «Fumus boni iuris»
Como se ha expuesto en esta demanda, existen en este momento procesal indicios suficientes que nos permiten afirmar una alta posibilidad de éxito de la acción de impugnación de la filiación que se interesa (posesión de estado, prueba de paternidad, etc.).
SEGUNDO. - «Periculum in mora»
La falta de adopción de la medida que se interesa supondría un grave riesgo de pérdida de eficacia de la sentencia estimatoria que en su día se dicte por este Juzgado por los siguientes motivos (indicar motivos).
TERCERO. - De la medida cautelar que se solicita
La medida cautelar que se entiende más adecuada para la protección del patrimonio del menor es la siguiente
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