Última revisión
Papeleta de conciliación ante SMAC por despido de trabajador sin alta en Seguridad Social
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 08/01/2024
Resumen:
Los empresarios están obligados a solicitar la afiliación al Sistema de la Seguridad Social de los trabajadores que ingresen a su servicio. En caso de incumplimiento, el trabajador podrá instar su afiliación a través del SMAC. Si no consigue un acuerdo previo, deberá interponer una papeleta de conciliación ante el SMAC, dentro de los 20 días hábiles a partir de la fecha del despido, para posteriormente acudir a la Jurisdicción de lo Social y demandar el reconocimiento de dicha relación laboral. Todo ello en base al artículo 139 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y el artículo 90 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (LJS).
AL SERVICIO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE [PROVINCIA]
D./Dña. [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado y representante de D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR], mayor de edad, en posesión del DNI núm. [DNI], y domicilio a efectos de notificaciones [DOMICILIO], ante ese servicio comparece y DICE:
Que mediante el presente escrito interpone PAPELETA DE CONCILIACIÓN por DESPIDO IMPROCEDENTE contra la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con CIF [CIF] y código cuenta de cotización a la Seguridad Social [NUMERO], en la persona de su representante legal con domicilio social en [DOMICILIO_SOCIAL], dedicada a la actividad de [ACTIVIDAD_EMPRESA], para celebrar el preceptivo acto de conciliación que ordena el
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