Última revisión
Querella por delito de lesiones imprudentes (responsabilidad médica)
Relacionados:
Orden: penal
Fecha última revisión: 24/01/2024
Resumen:
Los arts. 147 a 156 quinquies del Código Penal (CP) regulan los delitos de lesiones. Estos delitos pueden cometerse por dolo, imprudencia grave e imprudencia menos grave.
El siguiente formulario ilustra la querella que cabrá interponer contra un profesional médico por delito de lesiones imprudentes, cuando este facultativo hubiere faltado a su deber de cuidado, creando un riesgo previsible y, por tanto, evitable, para la salud del paciente.
A TENER EN CUENTA. Dispone el nuevo art. 258bis, introducido en la LECrim vía Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio fiscal. En las citaciones se informará de la posibilidad de declarar de forma telemática en las condiciones establecidas en el citado precepto. Esta novedad entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, de modo que hasta ese momento, el art. 258bis LECrim no resulta de aplicación. El siguiente formulario se halla actualizado a la citada reforma.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR/A_CLIENTE], procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], con DNI [DNI_CLIENTE], lo que acredito por medio de [ESCRITURA DE PODER QUE SE ACOMPAÑA COMO DOCUMENTO N.º [NUMERO]/APUD ACTA], bajo la dirección técnica de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO/A_CLIENTE], ante ese Juzgado, comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
En el ejercicio de la acción de mi representado/a, al amparo del artículo 270 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, mediante el presente escrito, presento QUERELLA contra D./D.ª [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA], mayor de edad, como presunto/a autor/a del delito de lesiones tipificado en el artículo [NÚMERO] del Código Penal, con DNI [NÚM_DNI] y domicilio en [DIRECCIÓN].
De acuerdo con el artículo 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se hacen constar los siguientes fundamentos:
PRIMERO.- COMPETENCIA
Esta querella se presenta ante los Juzgados de Instrucción de [LOCALIDAD], por ser competente de acuerdo con el artículo 14, apartado 2, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
SEGUNDO.- QUERELLANTE
El/la querellante es mi representado/a, cuyos datos identificativos ya han sido citados.
Habida cuenta su condición de ofendido por el delito, está exento de prestar la fianza a que se refiere el artículo 280 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de conformidad con el 281, apartado 1, del mismo cuerpo legal.
TERCERO.- QUERELLADO
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