Última revisión
Recurso de alzada ante la Inspección del Trabajo (Infracción grave en materia de derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria)
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De acuerdo con el art. 23 del RD 928/1998, de 14 de mayo, sobre el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social, ante resolución administrativa desestimando las alegaciones frente a un acta de infracción de la ITSS podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día de la notificación de la resolución. El pago de la sanción quedará suspendido hasta nueva resolución administrativa dictada en el plazo de tres meses desde la presentación de recurso.
Según el art. 9.1 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, son infracciones graves:
«a) No facilitar la información solicitada sobre el número de trabajadores a efectos de definir la existencia de una empresa o grupo de empresas de dimensión comunitaria con el fin de constituir un comité de empresa europeo o de establecer un procedimiento alternativo de información y consulta a los trabajadores.
b) No dar traslado a la dirección central de la petición de inicio de las negociaciones para la constitución de un comité de empresa europeo o el establecimiento de un procedimiento alternativo de información y consulta.
c) La transgresión de los derechos de reunión de la comisión negociadora, del comité de empresa europeo, y, en su caso, de los representantes de los trabajadores en el marco de un procedimiento alternativo de información y consulta, así como de su derecho a ser asistidos por expertos de su elección.
d) La transgresión de los derechos de la comisión negociadora, del comité de empresa europeo y, en su caso, de los representantes de los trabajadores en el
marco de un procedimiento alternativo de información y consulta, en materia de recursos financieros y materiales para el adecuado funcionamiento y desarrollo de sus actividades.
e) La falta de convocatoria, en tiempo y forma, de las reuniones, ordinarias y extraordinarias, del comité de empresa europeo con la dirección central.
f) La transgresión de los derechos y garantías de los miembros de la comisión negociadora, del comité de empresa europeo y de los representantes de los trabajadores en el marco de un procedimiento alternativo de información y consulta, en los términos legal o convencionalmente establecidos.»
El siguiente formulario de recurso de alzada permitirá a la empresa impugnar una sanción impuesta por la Inspección de Trabajo con motivo de una presunta infracción grave en materia de derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria.
A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DE [PROVINCIA]
DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (1)
N.º de acta definitiva / Resolución: [NUMERO]
D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, provisto/a de DNI n.º [DNI], como [ESPECIFICAR] de la mercantil [NOMBRE_EMPRESA], teléfono [NUMERO] y Correo Electrónico [ESPECIFICAR], cuya representación acredita, mediante copia del poder notarial que a este escrito se acompaña, con domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO_SOCIAL], ante esta Inspección de Trabajo comparece y DICE:
En fecha [DIA] de [MES] de [AÑO], ha recibido notificación de la resolución dictada por el jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, de fecha [DIA] de [MES] de [AÑO], en su expediente número [NÚMERO], y en la que se acuerda imponer a la empresa que represento una multa de [CANTIDAD] euros, por la comisión de una infracción
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