Última revisión
28/04/2026
Recurso de apelación contra el auto de transformación en sumario
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Orden: penal
Fecha última revisión: 28/04/2026
Si bien el auto de transformación en sumario es una resolución de acomodación procedimental que no puede equipararse a un auto de procesamiento, el mismo podrá ser recurrido en apelación en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación.
A TENER EN CUENTA. A la hora de recurrir el auto de transformación en sumario hay que valorar que, tal y como se recoge entre otros en el auto de la Audiencia Provincial de San Sebastian n.º 508/2024, de 18 de noviembre, ECLI:ES:APSS:2024:1046A:
«Lo que no se puede es pretender que el Auto en que se transforma el procedimiento de Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado a Sumario de Procedimiento Ordinario, deba especificar los elementos indiciarios que incriminan al recurrente, ya que no se debe confundir el objeto del Auto recurrido con el objeto propio y específico del Auto de procesamiento, ni procesalmente deben confluir ambos objetos en el mismo Auto.
En el futuro Auto de procesamiento, de dictarse, se determinará si existen o no indicios incriminatorios contra el recurrente, pero ello debe ser objeto de ese posible y futuro Auto, no del ahora recurrido».
Procedimiento: [DESCRIPCIÓN]
N.º: [NÚMERO] / [AÑO]
A LA PLAZA NÚMERO [NUMERO] DE LA SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD]
PARA ANTE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE [PROVINCIA] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provisto de DNI número ...
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