Última revisión
Modelo de solicitud para autorización de eventos de vehículos históricos
Relacionados:
Orden: administrativo
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El artículo 32 del Anexo II del Reglamento General de Circulación, dedicado a la regulación de «Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos», dispone lo siguiente en relación a la participación de vehículos históricos:
«Aquellos eventos en que participen vehículos históricos conceptuados como tales de acuerdo con el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba su reglamento regulador, o de más de 25 años de antigüedad en número superior a 10, en los que se establezca una clasificación de velocidad o regularidad inferior a 50 kilómetros por hora de media, así como su participación en acontecimientos o manifestaciones turísticas, concentraciones, concursos de conservación o elegancia y, en general, cualquier clase de evento en los que no se establezca clasificación alguna sobre la base del movimiento de los vehículos, ya sea en función de su velocidad o de la regularidad, precisarán de autorización administrativa».
Como dispone el artículo 33 del mismo anexo, «las exhibiciones de vehículos antiguos a los que se refiere el artículo anterior se regirán, en lo que resulte de aplicación, por el artículo 2.3 de la sección 1. a , si bien sólo será exigible el seguro de responsabilidad civil. La circulación por la vía pública de estas agrupaciones de vehículos deberá estar precedida y seguida de un vehículo piloto.»
Según la DGT, los otros eventos para vehículos clásicos serán autorizados por:
- Ayuntamientos si el itinerario se desarrolla íntegramente dentro del casco urbano, excluyendo travesías.
- La Dirección General de Tráfico en el resto de los casos.
El modelo de solicitud, aquí descargable, habrá de presentarse necesariamente por vía telemática en el Registro Electrónico de la DGT.