Última revisión
Solicitud de declaración de responsabilidad civil subsidiaria
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Orden: penal
Fecha última revisión: 09/03/2023
Resumen:
Según el art. 615 de la LECrim cuando en la instrucción del sumario aparezca indicada la existencia de la responsabilidad civil de un tercero, el juez, a instancia del actor civil, exigirá fianza a la persona contra quien resulte la responsabilidad. Si no se prestase, el letrado de la Administración de Justicia embargará los bienes necesarios con arreglo a lo dispuesto en arts. 589 y siguientes de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Para todo lo relativo a la responsabilidad civil de un tercero y a los incidentes a que diere lugar la ocupación y en su día la restitución de cosas que se hallaren en su poder se formará pieza separada, pero sin que por ningún motivo se entorpezca ni suspenda el curso de la instrucción (Art. 619 de la LECrim).
Autos: [AUTOS_NÚMERO]
Procedimiento: [JUICIO_NÚMERO]
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los tribunales, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provisto de DNI número [NIF_CIF_DNI_CLIENTE] lo que acredito mediante escritura de poder general para pleitos, para su unión a los autos por copia testimoniada con devolución de aquélla, previo testimonio en autos, con la asistencia del/de la letrado/a don/doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], con núm.
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