Formulario de subsanación por omisión del depósito obligatorio en recurso de apelación
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Formulario de subsanación... apelación

Última revisión
01/01/2024

Formulario de subsanación por omisión del depósito obligatorio en recurso de apelación

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

El artículo 458.1 de la LEC dispone, desde el 20/03/2024, por la nueva redacción dada por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que «El recurso de apelación se interpondrá, cumpliendo en su caso con lo dispuesto en el artículo 276, ante el tribunal que sea competente para conocer del mismo, en el plazo de veinte días desde la notificación de la resolución impugnada, debiendo acompañarse copia de dicha resolución».

La disposición final 15.ª LEC dispone en su apartado tercero la necesidad de constituir  un depósito de 50 euros para interponer recurso de apelación.

Por su parte sobre la omisión dispone el apartado séptimo lo siguiente: «No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Si el recurrente hubiera incurrido en defecto, omisión o error en la constitución del depósito, se concederá a la parte el plazo de dos días para la subsanación del defecto, con aportación en su caso de documentación acreditativa.

De no efectuarlo, se dictará auto que ponga fin al trámite del recurso, o que inadmita la demanda, quedando firme la resolución impugnada».

Ello es acorde con el artículo 231 LEC que dispone que el Tribunal y el letrado de la Administración de Justicia cuidarán de que puedan ser subsanados los defectos en que incurran los actos procesales de las partes.

A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 458 de la LEC para establecer que, a partir del 20/03/2024, el recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal competente para conocer del mismo y no ante el que haya dictado la resolución a impugnar. Además, se señala que el plazo de 20 días para interponerlo se contará desde la notificación de la resolución impugnada y no desde el día siguiente a la notificación, debiendo acompañar copia de la resolución. El presente formulario se encuentra actualizado a la referida reforma.



Procedimiento: apelación [NUMERO]

A LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE [LOCALIDAD] (1)

Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provisto de DNI [DNI] en virtud de poder que acompaño como doc. [NUMERO] y bajo la dirección letrada de

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