Última revisión
Modelo EM-10 de certificado de legislación aplicable para desplazamiento de trabajadores a Marruecos
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
En general, las personas trabajadoras desplazadas se someterán la legislación de Seguridad Social del territorio del país en que ejerzan su actividad laboral. No obstante, si el traslado es temporal, podrán mantener la legislación española de Seguridad Social cumpliendo ciertos requisitos.
Desplazamiento Inicial
Para las personas trabajadoras por cuenta ajena que ejerzan su actividad en una empresa española y que sean desplazadas temporalmente a Marruecos se solicitará el correspondiente certificado de desplazamiento ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma.
La solicitud se cursará presentando el modelo TA.300 Solicitud de información sobre la legislación de Seguridad Social aplicable en caso de trabajadores desplazados desplazados acompañado del presente formulario EM-10, cumplimentado en triplicado ejemplar.
El formulario expedido por la Dirección Provincial o Administración competente acredita el sometimiento de la persona trabajadora a la legislación española de Seguridad Social mientras se halle desplazada en Marruecos, y por tanto, su exención de cotizar a la Seguridad Social marroquí.
El plazo máximo de duración del desplazamiento es de tres años.
Normativa aplicable
- Convenio sobre Seguridad Social entre España y el Reino de Marruecos, firmado en Madrid el 8 de noviembre de 1979, modificado por el Protocolo Adicional al Convenio de 27 de enero de 1998. (En vigor desde 1 de octubre de 1982)