Última revisión
Modelo E/UCR.1 de certificado de legislación aplicable para desplazamiento de trabajadores a Ucrania
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
En general, las personas trabajadoras desplazadas se someterán la legislación de Seguridad Social del territorio del país en que ejerzan su actividad laboral. No obstante, si el traslado es temporal, podrán mantener la legislación española de Seguridad Social cumpliendo ciertos requisitos.
Desplazamiento Inicial
Para las personas trabajadoras por cuenta ajena que ejerzan su actividad en una empresa española y que sean desplazadas temporalmente a Ucrania, así como aquellas que trabajen por cuenta propia en España y se trasladen temporalmente a trabajar en Ucrania, se solicitará el correspondiente certificado de desplazamiento ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma.
La empresa (o la persona trabajadora autónoma) deberá presentar el modelo TA.300 Solicitud de información sobre la legislación de Seguridad Social aplicable en caso de trabajadores desplazados acompañado del presente formulario E/UCR.1, cumplimentado en triplicado ejemplar.
El formulario expedido por la Dirección Provincial o Administración competente acredita el sometimiento de la persona trabajadora a la legislación española de Seguridad Social mientras se halle desplazada en Ucrania, y por tanto, su exención de cotizar a la Seguridad Social ucraniana.
Prórroga del desplazamiento
En caso de prolongar la estancia en Ucrania más allá de los dos años inicialmente previstos deberá solicitarse con antelación la prórroga del mantenimiento de la legislación española de Seguridad Social ante la Subdirección General de Afiliación, Cotización y Gestión del Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Normativa aplicable
- Convenio sobre Seguridad Social entre el Reino de España y Ucrania, de 7 de Octubre de 1996 (En vigor desde 27 de marzo de 1998).