Última revisión
Modelo 563. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración-Liquidación. II.EE. (Telemático)
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 28/12/2022
Resumen:
Modelo 563. II. EE. Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas
OBJETO
Cumplimiento de requisitos formales para la presentación de declaraciones-liquidaciones de productos objeto de los Impuestos Especiales. (Bebidas con alcohol y derivadas).
DESTINATARIOS
Sujeto pasivo del impuesto.
ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Si el período de liquidación es trimestral, los veinte primeros días naturales del segundo mes siguiente a aquel en que finaliza el trimestre en que se han producido los devengos.
Si el período de liquidación es mensual, los veinte primeros días naturales del tercer mes siguiente a aquel en que finaliza el mes en que se han producido los devengos.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Telemática
NORMATIVA
Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.
Orden HAP/2456/2013, de 27 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/3947/2006, de 21 de diciembre; la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre y la Orden HAP/1229/2013, de 1 de julio.
Orden HAP/71/2013, de 30 de enero, por la que se modifica la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos, y otra normativa tributaria.
ORDEN EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestion en relacion con los Impuestos Especiales de Fabricacion y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaracion-liquidacion del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentacion, asi como las condiciones generales y el procedimiento para su presentacion por medios telematicos.