Última revisión
Modelo 684 de autoliquidación de la tasa por la prestación de servicios de gestión de residuos radiactivos generados en otras instalaciones. (Telemático)
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Aprobado por Orden EHA/408/2010, de 24 de febrero, el Modelo 684 permite la autoliquidación de la tasa que grava los servicios de gestión de residuos radiactivos generados por entidades que no han satisfecho las tasas de los modelos 681, 682 o 683.
El Modelo 684 se presentará por los titulares de cualesquiera otras instalaciones, generadoras de residuos radiactivos, no comprendidas en el hecho imponible de las tres tasas previstas en los puntos Primero, Segundo y Tercero del apartado 9 de la disposición adicional sexta de la Ley 54/1997, para la autoliquidación de la tasa por prestación de gestión de residuos radiactivos generados en otras instalaciones. A estos efectos, para las citadas instalaciones se tendrá en cuenta la clasificación prevista en el apartado 9.Cuarto de la disposición adicional sexta de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, según la redacción dada a la misma por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
El Modelo 684 se cumplimentará a través del formulario telemático disponible en la sede electrónica de la AEAT y se presentará por la misma vía.
Normativa aplicable: