Última revisión
Modelo de acuerdo complementario de destino para cooperantes internacionales
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Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El art. 5 Real Decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los cooperantes, introduce la obligatoriedad de suscribir un «acuerdo complementario de destino», instrumento jurídico y documental dirigido a proporcionar una mayor seguridad jurídica al cooperante, al recoger un catálogo de derechos que le deberán ser reconocidos y que serán de obligado cumplimiento para su empleador. En los casos en que exista una relación laboral del cooperante con la entidad impulsora del proyecto en el que participe, se establece que este documento se incorporará como un anexo al contrato de trabajo. Además, la exigencia de forma escrita para el contrato de trabajo, incluyendo este anexo, derivada de las previsiones del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, se configura como una garantía adicional para el cooperante.