Última revisión
Modelo de alegaciones en procedimiento sancionador por falta de moderación de velocidad en casos especiales.
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 17/03/2021
Resumen:
Las infracciones en materia de velocidad pueden ser graves o muy graves, según los casos, puesto que:
El L-23990321-76 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, dispone que son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en la ley referidas a:
a) No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV.
El L-23990321-77 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, señala que son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta ley referidas a:
a) No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV.
En consecuencia, para saber si nos encontramos ante una infracción grave o muy grave, habrá que acudir al Anexo IV de la norma, que recoge el siguiente cuadro:
Infracción sobre exceso de velocidad captado por cinemómetro
Límite | 20 | 30 | 40 | 50 | 60 | 70 | 80 | 90 | 100 | 110 | 120 | 130 | Multa | Puntos | |
Exceso velocidad | Grave | 21 40 | 31 50 | 41 60 | 51 70 | 61 90 | 71 100 | 81 110 | 91 120 | 101 130 | 111 140 | 121 150 | 131 150 | 100 | - |
41 50 | 51 60 | 61 70 | 71 80 | 91 110 | 101 120 | 111 130 | 121 140 | 131 150 | 141 160 | 151 170 | 151 170 | 300 | 2 | ||
51 60 | 61 70 | 71 80 | 81 90 | 111 120 | 121 130 | 131 140 | 141 150 | 151 160 | 161 170 | 171 180 | 171 180 | 400 | 4 | ||
61 70 | 71 80 | 81 90 | 91 100 | 121 130 | 131 140 | 141 150 | 151 160 | 161 170 | 171 180 | 181 190 | 181 190 | 500 | 6 | ||
Muy grave | 71 | 81 | 91 | 101 | 131 | 141 | 151 | 161 | 171 | 181 | 191 | 191 | 600 | 6 |
A LA JEFATURA DE TRÁFICO DE [PROVINCIA] (1)
Yo, D/Dª [NOMBRE], con DNI [NUMERO] y domicilio, a efectos de notificaciones, en C/[CALLE], nº [NUMERO] de [LUGAR], actuando en mi propio nombre y derecho, EXPONGO:
PRIMERO.- Que el [FECHA] fui denunciado por los agentes de la Guardia Civil de Tráfico (2) por presunta infracción del artículo [NUMERO] (3) del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, esto es, por "No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV , por cuanto, existiendo la obligación de moderar la velocidad por [ESPECIFICAR] (4), en base a lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento General de circulación, la medición hecha por radar situado en [ESPECIFICAR] arrojaba una velocidad de [NUMERO] Km/hora (5).
SEGUNDO.-Que en tal denuncia (notificada en el acto, y puesto que no procedí a pagar la sanción que los agentes me imponían) se me indicaba, según lo dispuesto en el artículo 87 3 d) del Real Decreto Legislativo antes mencionado, que mediante la misma se iniciaba procedimiento sancionador y que disponía de un plazo de veinte días naturales para efectuar el pago, con la reducción y las consecuencias establecidas en el artículo 94 de dicho cuerpo normativo, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estimase pertinentes.
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anterior, y estando disconforme con la infracción que se me imputa, presento ante ese órgano las siguientes ALEGACIONES:
1ª- Que, en contra de lo que se sostiene en la denuncia, entiendo que, en atención a lo dispuesto en el artículo 21.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en todo momento cumplí mi obligación como conductor de tener en cuenta mis condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación y, en general, cuantas circunstancias concurrían en el momento de los hechos, a fin de adecuar la velocidad de mi vehículo a las mismas, de manera que siempre podría haberlo detenerlo dentro de los límites de mi campo de visión y ante cualquier obstáculo que pudiese presentarse.
2ª- (6) Que tengo
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