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Última revisión
01/01/2023

Modelo de comunicación al SEPE para el abono mensual de las cotizaciones a la Seguridad Social con cargo a la prestación por desempleo y presentación de los boletines de cotización

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Orden: laboral

Enlaces: Acceso Modelo Oficial

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

La modalidad abono mensual de las cotizaciones a la Seguridad Social con cargo a la prestación por desempleo, consistirá en que el SEPE, devuelva mensualmente la cotización a la seguridad social que el trabajador ha abonado previamente, una vez comprobado que se mantiene de alta.

La cuantía de la subvención, calculada en días completos de prestación, será fija y corresponderá al importe de la aportación íntegra del trabajador a la Seguridad Social en el momento del inicio de la actividad sin considerar futuras modificaciones, salvo cuando el importe de la subvención quede por debajo de la aportación del trabajador que corresponda a la base mínima de cotización vigente para cada régimen de Seguridad Social; en tal caso se abonará esta última.

El trabajador deberá presentar por una sola vez y una vez transcurra el primer mes cotizado, la documentación que corresponda según el caso:

  • Boletín de cotización o justificante bancario, correspondiente al mes de inicio de la actividad, cuando ha causado alta en el RETA.

- El derecho a obtener el pago periódico de la prestación se mantiene hasta el agotamiento de la prestación, siempre que el interesado continúe desarrollando la actividad para la cual se le concedió.

- Si se produjese un cambo de actividad pero sigue manteniendo la condición de trabajador autónomo o de socio trabajador o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral, mantiene el derecho a obtener dicha devolución.

- Se excluye la posibilidad de acogerse a esta medida de fomento de empleo los profesionales que causan alta en los Colegios Profesionales y solicitan la subvención de cuotas a ingresar a Mutualidades de Previsión Social, por tratarse de sistemas de coberturas alternativas al sistema de Seguridad Social español, y además, se excluyen las cuotas ingresadas a los citados Colegios.

NORMATIVA

Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social. 
REAL DECRETO 1044/1985, de 19 de junio, por el que se regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único por el valor actual de su importe, como medida de fomento del empleo.
- Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023.


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