Modelo orientativo para convenio marco de colaboración educativa para la realiza...mpresa (RD 592/2014)
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Modelo orientativo para c... 592/2014)

Última revisión
28/10/2021

Modelo orientativo para convenio marco de colaboración educativa para la realización de prácticas entre universidad y empresa (RD 592/2014)

Tiempo de lectura: 17 min

Tiempo de lectura: 17 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 28/10/2021

Resumen:

Para la realización de las prácticas externas, las universidades o, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con las entidades colaboradoras antes de comenzar a recibir estudiantes en prácticas.

La presente plantilla tiene por objeto servir de base para que el alumnado de una Universidad pueda realizar prácticas en una empresa al amparo de lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

Siguiendo el art. 7 del citado Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, los convenios establecerán el marco regulador de las relaciones entre el estudiante, la entidad colaboradora, la universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a esta última, fijándose como contenido mínimo:

  • El proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante.
  • El régimen de permisos a que tenga derecho con arreglo a la normativa vigente.
  • Las condiciones de rescisión anticipada de la práctica en caso de incumplimiento de sus términos.
  • En su caso, el régimen de suscripción y pago de seguros, tanto de accidentes como de responsabilidad civil, o garantía financiera equivalente.
  • La existencia, en su caso, de una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante y la forma de su satisfacción.
  • La protección de sus datos.
  • La regulación de los eventuales conflictos surgidos en su desarrollo.
  • Los términos del reconocimiento de la universidad a la labor realizada por los tutores de la entidad colaboradora.

* Téngase en cuenta la posibilidad de existencia de modelo oficial por parte de la Universidad.


 

Convenio de Cooperación Educativa entre [NOMBRE_ENTIDAD] y la Universidad [ESPECIFICAR]

 

En [LUGAR], a [FECHA].

 

De una parte, [NOMBRE_ENTIDAD], en adelante «la Entidad», con sede social en la [DIRECCIÓN] con n.º DE NIF [NÚMERO], representada por D./Dña. [NOMBRE], en su calidad de [CARGO] de la misma.

Y de otra, la Universidad [ESPECIFICAR], en adelante también «la Universidad», con sede en [DIRECCIÓN] y n.º DE NIF [NÚMERO], representada por por D./Dña. [NOMBRE], en su calidad de [CARGO] de la misma.

Ambas partes se reconocen plena capacidad legal para formalizar el siguiente Convenio, a cuyo efecto

MANIFIESTAN


Que, en virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran conveniente establecer un marco de colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes, metodológicos y de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes de «la Universidad», a través de programas de prácticas, que se estimen adecuados y faciliten la mejor formación de los futuros profesionales.

Con tal fin, acuerdan suscribir el presente Convenio de Cooperación Educativa de conformidad con las cláusulas que figuran al dorso de este documento. Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por duplicado y a un sólo y mismo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezamiento.

 

[NOMBRE_ENTIDAD]

[SELLO_Y_FIRMA]

D./Dña. [NOMBRE].

 

[NOMBRE_UNIVERSIDAD]

[SELLO_Y_FIRMA]

D./Dña. [NOMBRE]

*********************************************

CLÁUSULAS [MODELO ORIENTATIVO]


Primera.- Objeto y delimitación del convenio

El objeto del presente convenio es regular la colaboración de «la Entidad» con «la Universidad» para que el alumnado de [NOMBRE_UNIVERSIDAD] pueda realizar prácticas en [NOMBRE_ENTIDAD] al amparo de lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

La suscripción por «la Entidad» del presente convenio no supondrá la adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo y, en ningún caso, se derivarán obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

La persona que realice la práctica será considerada estudiante de «la Universidad» a todos los efectos.

En el supuesto de que la entidad retribuyera las prácticas a los alumnos, se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Segunda.- Régimen jurídico

La realización de estas prácticas está sujeta, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios así como a las normas que en el futuro puedan ampliarlos o sustituirlos. Del mismo modo, serán de aplicación las siguientes disposiciones legales: 

  • Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. (1)
  • D.A 25.ª del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. (2)
  • [ESPECIFICAR]. (3)

Tercera.- Estudiantes en prácticas

Podrán realizar prácticas académicas externas: (4)

a) Los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por la Universidad o por los Centros adscritos a la misma.

b) Los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas de movilidad académica o de convenios

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