Última revisión
Comunicación de la negativa empresarial a la realización de asamblea de trabajadores por falta de preaviso suficiente
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
En relación con e derecho de reunión de las personas trabajadoras, el artículo 79 del Estatuto de los Trabajadores dispone que «La convocatoria, con expresión del orden del día propuesto por los convocantes, se comunicará al empresario con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, debiendo este acusar recibo.»
En caso de no respetarse el plazo de preaviso señalado por el citado precepto, la empresa podrá negarse a la celebración de la reunión mediante un escrito como el que se muestra en el modelo disponible a continuación.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
Estimado Sr./Sra.: [NOMBRE].
Por medio de la presente, y en mi condición de [ESPECIFICAR] de la empresa [NOMBRE_EMPRESA] debo poner en su conocimiento que el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 79, establece que la convocatoria de la asamblea de trabajadores, con expresión del orden del día propuesto por los convocantes, se comunicará al empresario con CUARENTA Y OCHO HORAS DE ANTELACIÓN.
Dado que he recibido la citada comunicación el día [DIA] de [MES] de [AÑO] a las [HORA] hs. siendo su intención celebrar la asamblea el [DIA] de [MES] de [AÑO] a las [HORA] horas y no respetándose el espacio temporal, en aras de realizar un adecuado reparto del personal para cubrir las necesidades de la empresa me veo en la obligación de NO PERMITIR LA ASAMBLEA EN TIEMPO Y HORA SOLICITADOS.
Sin otro particular que comunicarle, y a la espera de una nueva convocatoria que cumpla los requisitos legales, le saluda atentamente,
[FIRMA]
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Fiscalidad de la extinción de los contratos de trabajo. Paso a paso (DESCATALOGADO)
17.00€
8.50€