Última revisión
Demanda de petición inicial del proceso monitorio para reclamación de las cuotas por gastos comunes comunidad de propietarios (Con intervención de abogado y procurador)
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Orden: civil
Fecha última revisión: 22/03/2024
Resumen:
Siguiendo lo dispuesto en el art. 814 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), el procedimiento monitorio comenzará por petición del acreedor en la que se expresarán la identidad del deudor, el domicilio o domicilios del acreedor y del deudor o el lugar en que residieran o pudieran ser hallados y el origen y cuantía de la deuda, acompañándose los documentos a que se refiere el art. 812 de la LEC. Para la presentación de esta petición inicial del procedimiento monitorio no será preciso valerse de procurador y abogado.
Es importante tener en cuenta el art. 21 de la LPH que recoge las especialidades del procedimiento monitorio especial aplicable a las comunidades de propietarios, y que ha sido modificado por la Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con entrada en vigor el 16/06/2022.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LUGAR]
D./D.ª [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los tribunales y de la Comunidad de Propietarios de [DESCRIPCIÓN], provista de CIF [NÚMERO], que actúa a través de su presidente y representante legal D./D.ª [NOMBRE CLIENTE], representación que acredito mediante poder [NOTARIAL/APUD_ACTA], copia del cual acompaño como doc. núm. [NÚMERO], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE LETRADO], colegiado núm. [NÚMERO] por el ICA de [LUGAR], ante el juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que mediante el presente escrito según permite el artículo 812.2 de la LEC formulo DEMANDA DE PETICIÓN INICIAL DE PROCESO MONITORIO, contra: D./D.ª [NOMBRE PARTE CONTRARIA], con domicilio en [DOMICILIO] y DNI núm. [NÚMERO], y ello con relación a los siguientes
HECHOS
PRIMERO.- Con fecha de [FECHA] la comunidad de propietarios [NOMBRE], en virtud de acuerdo adoptado por la junta, autorizó la formulación de esta reclamación, tal y como se desprende de la copia del acta que acompaño reseñada como documento n.º [NÚMERO].
SEGUNDO.- La persona contra la que se dirige esta petición inicial es propietaria de la vivienda sita en el piso [NÚMERO] letra [CONCEPTO] del inmueble que forma parte de la comunidad actora.
Dicho propietario ha dejado de atender las cuotas de los meses de [MES] a [MES] del año [AÑO], establecidas y aprobadas como cuotas de participación en los gastos comunes de la comunidad.
Como documento n.º [NÚMERO] acompaño nota simple informativa del Registro de la Propiedad n.º [NÚMERO] de esta ciudad en la que consta la inscripción registral de la finca a nombre de D./D.ª [NOMBRE].
TERCERO.- La junta de propietarios de la comunidad [NOMBRE] aprobó, en junta celebrada el día [FECHA], la liquidación de la deuda pendiente de pago por parte de D./D.ª [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA].
Como documento n.º [NÚMERO] acompaño la certificación del acuerdo aprobando la liquidación de deuda pendiente de pago por parte de D./D.ª [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA] ante la comunidad a la fecha del acuerdo, expedida por el secretario de la comunidad con el V.º B.º de su presidente (1).
CUARTO.- Se notificó a D./D.ª [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA] el importe de la deuda pendiente en su propio domicilio.
Acreditamos este extremo con [CONCEPTO] con copia de burofax con certificación de contenido y acuse de recibo que acompaño reseñada como documento n.º [NÚMERO].
QUINTO.- Los gastos generados por el requerimiento de pago han ascendido a [CANTIDAD] euros, conforme acredito con el justificante que acompaño reseñado como documento n.º [NÚMERO]. (2)
SEXTO.- Las cuotas ordinarias de comunidad reclamadas y los gastos del requerimiento de pago desatendido importan en conjunto, y en consecuencia adeuda D./D.ª [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA] a la comunidad de propietarios [NOMBRE], la cantidad de [CANTIDAD] euros.
SÉPTIMO.- De conformidad con lo estipulado en el último apartado del art. 21 de la LPH, el deudor deberá abonar los honorarios y derechos devengados por la intervención del letrado y procurador.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- JURISDICCIÓN Y
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