Última revisión
Propuesta de resolución en expediente disciplinario contradictorio por insultos a superior
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De conformidad con el art. 68 a) ET y 10.3.3, Ley Orgánica de Libertad Sindical, Los miembros del comité de empresa y los delegados de personal, como representantes legales de los trabajadores, tendrán, a salvo de lo que se disponga en los convenios colectivos, dentro de sus garantías, la de apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos, aparte del interesado, el comité de empresa o los restantes delegados de personal.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
Exp. n.º [NUMERO]
D./D.ª [NOMBRE], instructor/a del expediente contradictorio seguido contra D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], concluida la tramitación del expediente disciplinario del miembro del comité de empresa (1) por presunta falta laboral cometida por el mismo el
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