Reclamación administrativa previa contra acuerdo de demora de calificación de incapacidad permanente
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Reclamación administrativ...permanente

Última revisión
01/01/2023

Reclamación administrativa previa contra acuerdo de demora de calificación de incapacidad permanente

Tiempo de lectura: 4 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Tal como dispone el art. 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, «La reclamación previa deberá interponerse ante el órgano competente que haya dictado resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.»

Transcurrido el plazo máximo de 545 días naturales (18 meses) desde la baja médica, el INSS deberá proceder a (art. 174 LGSS):

  • Dar de alta el trabajador por curación o mejoría que le permita realizar su trabajo habitual.
  • Dar de alta el trabajador con o sin declaración de incapacidad permanente.
  • Iniciar expediente de incapacidad permanente.
  • Demorar (de manera excepcional) la calificación de la incapacidad permanente durante seis meses más (sin que en ningún caso se puedan rebasar los 730 días naturales sumados los de incapacidad temporal (365) y los de prolongación de sus efectos (180 días).

Cuando el derecho al subsidio se extinga por el transcurso del período de quinientos cuarenta y cinco días naturales fijado en el apartado anterior, se examinará necesariamente, en el plazo máximo de tres meses, el estado del incapacitado a efectos de su calificación, en el grado de incapacidad permanente que corresponda.

No obstante, en aquellos casos en los que, continuando la necesidad de tratamiento médico por la expectativa de recuperación o la mejora del estado del trabajador, con vistas a su reincorporación laboral, la situación clínica del interesado hiciera aconsejable demorar la citada calificación, esta podrá retrasarse por el período preciso, sin que en ningún caso se puedan rebasar los setecientos treinta días naturales sumados los de incapacidad temporal y los de prolongación de sus efectos.

El siguiente formulario permite plantear reclamación administrativa previa contra el acuerdo de demora en la calificación de incapacidad permanente por parte del INSS. 

 


 

A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN [LOCALIDAD]

 

D./D.ª [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], representación que acredito mediante copia de escritura de apoderamiento que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante esta Dirección Provincial comparece y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que el día [DIA] de [MES] de [AÑO] ha sido notificado a mi representado/a Resolución de [DIA] de [MES] de [AÑO] por la que se acuerda la demora en la calificación, con prórroga de la situación de Incapacidad Temporal (IT). (1)

Que, considerando improcedente dicha demora, por medio del presente escrito interpongo contra la misma en tiempo y forma RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA A LA VÍA CONTENCIOSA, de conformidad con el artículo

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