Última revisión
Reclamación administrativa previa para reconocimiento de grado de discapacidad.
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 21/02/2024
Resumen:
Los interesados en el reconocimiento de grado de discapacidad tienen derecho a presentar una reclamación previa ante un órgano jurisdiccional social. Los responsables del órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas a quienes hubieran sido transferidas las competencias en materia de valoración de situaciones de discapacidad y calificación de su grado o los Directores provinciales del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, deberán dictar resolución expresa sobre el reconocimiento de grado. Además, el reconocimiento de grado de discapacidad se entenderá producido desde el momento de la solicitud. Por último, como dispone el art. 71 de la Ley de la Jurisdicción social, contra las resoluciones definitivas que sobre el reconocimiento se dicten por los organismos competentes, se podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social.
A [ORGANO] (1)
D./D.ª [NOMBRE_LETRADO], representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A] (2), representación que acredito mediante copia de [ESPECIFICAR] que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante esta Dirección Provincial comparece y como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que de conformidad con lo prevenido en el art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, formulo por la presente RECLAMACIÓN PREVIA frente a la resolución del [ORGANO] (1) núm. [NUMERO] de fecha [FECHA], por la que se resuelve RECONOCER UN GRADO TOTAL DE DISCAPACIDAD DEL [PORCENTAJE] % considerando que el reconocimiento en vía administrativa del grado de discapacidad no se ajusta a Derecho, al encontrase mi poderdante afecto a un GRADO DE DISCAPACIDAD MAYOR, en base a los siguientes:
HECHOS
PRIMERO.- Mi mandante presentó solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad el [FECHA] dictándose resolución por [ORGANO] (1) el [FECHA] no reconociéndole grado de discapacidad por no tener carácter estable o de permanencia el proceso en el que se encontraba, acordando que la valoración se realizaría a petición de la interesada cuando tuviese conocimiento de la estabilidad de los procesos patológicos.
(Se adjuntan solicitud y resolución con falta de reconocimiento como doc. núm. [NUMERO]).
SEGUNDO.- El [FECHA] presentó nueva solicitud, dictándose resolución (dictamen técnico) por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad [ORGANO] (1), que fue notificada a esta parte el [FECHA], reconociendo a mi mandante un grado de discapacidad del [PORCENTAJE] %, que comprendía un [PORCENTAJE] % de limitación de la actividad global y [NUMERO] puntos de factores contextuales/barreras ambientales. (2)
Dicha resolución reconoció como afectaciones del/la solicitante la siguiente:
- [DESCRIPCION].
- [DESCRIPCION].
- [DESCRIPCION].
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