Última revisión
Respuesta a la comunicación para la constitución de la comisión negociadora de convenio colectivo
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Denunciado un convenio, en ausencia de especificación distinta en el propio texto, se procederá en el plazo máximo de un mes, a partir de la recepción de la comunicación, a constituir la comisión negociadora.
La parte receptora de la comunicación deberá responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociación. En la constitución y composición concreta de la comisión negociadora ha de tenerse en cuenta, por un lado, el reconocimiento a todo sindicato o asociación empresarial que cumpla el requisito de legitimación el derecho «a formar parte de la comisión negociadora» (art. 87.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET), y el derecho a participar en la comisión «en proporción a su representatividad» (art. 88.1 ET); por otro lado, ha de estar también presente la potestad de designación de los componentes de la comisión «a las partes negociadoras» (art. 88.2 ET).
La respuesta a la propuesta de negociación podrá emitirse en un escrito que podrá ser redactado con ayuda del siguiente modelo.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
A la atención de [ESPECIFICAR PARTE EMPRESARIAL O REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES] de la empresa «NOMBRE_EMPRESA]»
Recibida su solicitud de inicio del procedimiento de constitución de la comisión negociadora de convenio
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