Solicitud de división judicial de herencia (partición herencia)
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Solicitud de división jud... herencia)

Última revisión
01/01/2024

Solicitud de división judicial de herencia (partición herencia)

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

Según el artículo 1051 del Código Civil «ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia, a menos que el testador prohíba expresamente la división. Pero, aun cuando la prohíba, la división tendrá siempre lugar mediante alguna de las causas por las cuales se extingue la sociedad».

Ahora bien, la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, con entrada en vigor el 3 de septiembre de 2021, da nueva redacción al artículo 1052 del mismo texto legal, de manera que, «Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes podrá pedir en cualquier tiempo la partición de la herencia. Lo harán sus representantes legales si el coheredero está en situación de ausencia. Si el coheredero contase con medidas de apoyo por razón de discapacidad, se estará a lo que se disponga en estas».

Además, los artículos 400 y siguientes del texto legal de referencia establecen que «ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común».

Por otro lado la Ley de Enjuiciamiento civil regula en sus artículos 782 y siguientes el procedimiento para la división de la herencia. El apartado primero y segundo del artículo 782 de la LEC disponen que «cualquier coheredero o legatario de parte alícuota podrá reclamar judicialmente la división de la herencia, siempre que esta no deba efectuarla un comisario o contador-partidor designado por el testador, por acuerdo entre los coherederos o por el Secretario judicial o el Notario. A la solicitud deberá acompañarse el certificado de defunción de la persona de cuya sucesión se trate y el documento que acredite la condición de heredero o legatario del solicitante».


 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD] QUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA 

 

D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] procurador de los Tribunales, colegiado/a n.º [NUMEROCOLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE], en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], según acredito mediante escritura de poder que acompaño a la presente, bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], colegiado/a n.º [NUMEROCOLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE], ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Por medio del presente escrito formulo DEMANDA DE DIVISIÓN JUDICIAL DE LA HERENCIA de D./D.ª [NOMBRE] de conformidad con el artículo 782 y siguientes de la LEC, (1)

HECHOS

 

PRIMERO.- Con fecha [FECHA] falleció en esta ciudad el/la padre/madre de mi mandante D./D.ª [NOMBRE].

Se acompaña como documento núm. [NUMERO] certificado de defunción.

SEGUNDO.- D./D.ª [NOMBRE] contrajo únicas nupcias con D./D.ª [NOMBRE], el día [FECHA] en la ciudad de [CIUDAD], según consta inscrito en el Registro Civil, en el tomo [NUMERO], página [NUMERO].

Se acompaña como documento núm. [NUMERO] certificación de matrimonio.

Al no otorgarse capitulaciones matrimoniales, el matrimonio se ha regido bajo el régimen legal de gananciales.

TERCERO.- Del referido matrimonio nacieron y viven tres hijos, D./D.ª [NOMBRE], D./D.ª [NOMBRE] y mi mandante D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE].

Se acompañan como documentos núm. [NUMERO] y núm. [NUMERO]  los certificados de nacimiento correspondientes a los tres hijos.

CUARTO.- El/La causante dispuso su última voluntad en testamento otorgado ante el Notario de [LOCALIDAD], el día [FECHA], con el núm. [NUMERO] de su protocolo, designando en su Cláusula Tercera como coheredero a mi mandante.

Se acompañan como documentos núm. [NUMERO] y núm. [NUMERO] certificado del Registro General de Actos de Ultima Voluntad acreditativo de que la disposición testamentaria es la única otorgada por el causante y copia autorizada de dicho testamento.

QUINTO.- El/La causante no designa en su disposición de última voluntad, ni albacea, ni contador-partidor de sus bienes, y pese a los infructuosos intentos de mi representado/a de llegar a un acuerdo sobre la distribución del caudal hereditario, esto ha sido imposible por lo que se ve obligado/a a presentar esta solicitud de división de la herencia. 

A los

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