Última revisión
Solicitud de exención de explotaciones económicas de los partidos políticos en el Impuesto sobre Sociedades
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 15/12/2023
Resumen:
La Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, determina que los partidos políticos gozarán de exención en el Impuesto sobre Sociedades por las rentas obtenidas para la financiación de las actividades que constituyen su objeto o finalidad específica. Esta exención resultará de aplicación a las cuotas y aportaciones satisfechas por sus afiliados, subvenciones, donaciones privadas, rendimientos del ejercicio de sus actividades propias, rentas por la transmisión onerosa de bienes o derechos y rendimientos procedentes de los bienes y derechos que integran el patrimonio del partido político. Además para disfrutar de la exención el partido político deberá formular solicitud ante el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (Art. 55 del RIS).
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Don/Doña [NOMBRE], N.I.F. [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO], domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], correo electrónico [EMAIL], y teléfono [FIJO O MOVIL] actuando como representante del Partido Político [NOMBRE], con N.I.F. [NIF] y domiciliado en [DOMICILIO], según acredito con el documento que acompaño:
EXPONE
PRIMERO. Que de acuerdo con el artículo 55 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, para disfrutar de la
Ver el documento "Solicitud de exención de explotaciones económicas de los partidos políticos en el Impuesto sobre Sociedades"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas