Modelo de solicitud de Aplazamiento Fraccionamiento de deudas tributarias y aut...o voluntario. Madrid
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Modelo de solicitud de Ap...io. Madrid

Última revisión
01/01/2023

Modelo de solicitud de Aplazamiento Fraccionamiento de deudas tributarias y autoliquidaciones en periodo voluntario. Madrid

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Relacionados:

Orden: fiscal

Enlaces: Acceso Modelo Oficial

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Modelo de solicitud de Aplazamiento Fraccionamiento de deudas tributarias y autoliquidaciones en periodo voluntario. 

OBJETO
Ante dificultades transitorias de Tesorería cabe demorar o repartir en pagos parciales el pago total de la deuda tributaria.

DESTINATARIOS
El sujeto pasivo varia en función del tipo de tributo al que vaya asociado el aplazamiento ofraccionamiento, el destinatario de este modelo será el sujeto pasivo de aquel impuesto cuyo pago desee aplazar o fraccionar.

PLAZO DE PRESENTACIÓN
Presentar la solicitud dentro del plazo de ingreso y presentación del Impuesto correspondiente, por ejemplo:
- Impuesto sobre Sucesiones: seis meses contados desde el día del fallecimiento del causante.
- Impuesto sobre Donaciones: treinta días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que se cause el acto o contrato.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: treinta días hábiles a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato.

Si quieres aplazar o fraccionar el pago de  una deuda derivada de una "liquidación provisional" notificada por la Administración tienes que presentar la solicitud dentro de los siguientes plazos:
- Si la liquidación se notifica entre los días 1 y 15 de cada  mes, el pago o la solicitud de aplazamiento/fraccionamiento podrá realizarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, si éste no fuera día hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.
- Si la liquidación se notifica entre los días 16 y último de cada mes, el pago de la deuda o la solicitud de aplazamiento/fraccionamiento podrá realizarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera día hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.

FORMAS DE PRESENTACIÓN
- Presencial en la D.G. Tributos  o en cualquiera de las 24 Oficinas Liquidadoras que existen en diversos municipios de la Comunidad de Madrid.
- También es posible realizar la presentación telemática del aplazamiento y de las autoliquidaciones

NORMATIVA

-LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
-REAL DECRETO 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudacion.
- RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2016, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica el modelo de impreso correspondiente al procedimiento: Solicitud de aplazamiento/fraccionamiento de deudas tributarias y autoliquidaciones en período voluntario.


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