Última revisión
Solicitud al Juzgado de lo Social de ejecución dineraria de sentencia firme
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
La ejecución se llevará a efecto por el órgano judicial que hubiere conocido del asunto en instancia. La ejecución de las sentencias firmes se iniciará a instancia de parte, salvo las que recaigan en los procedimientos de oficio, cuya ejecución se iniciará de este modo.
La ejecución podrá solicitarse tan pronto la sentencia o resolución judicial ejecutable haya ganado firmeza o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, mediante escrito del interesado, en el que, además de los datos identificativos de las partes, expresará tratándose de ejecuciones dinerarias, la cantidad líquida reclamada como principal, así como la que se estime para intereses de demora y costas. Para su redacción, el interesado podrá valerse del siguiente modelo.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], parte actora en los autos [NUM_AUTOS], seguidos en materia de reclamación de salarios contra la empresa [NOMBRE_EMPRESA], ante el Juzgado de lo Social comparece y como mejor proceda en Derecho DICE:
Que por medio del presente escrito, y al
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