Última revisión
Solicitud reintegro prestación de IT abonada en pago delegado no deducida en boletines cotización
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 06/10/2022
Resumen:
En virtud del art. 29 de la LGSS, la empresa abonará el subsidio por IT en pago delegado ?ante contingencias profesionales a partir del día siguiente a la baja y ante contingencias comunes a partir del 16.º?. De esta manera, la empresa asume el pago de la prestación al trabajador, que correspondería a la entidad gestora, compensando su importe en la liquidación de los seguros sociales que la empresa debe ingresar.
Este modelo oficial permite la solicitud por parte de la empresa del reintegro de prestación por incapacidad temporal abonada en régimen de pago delegado y no deducida en los boletines de cotización.
Este modelo debe ir acompañado de: a) justificante del poder de representación de la empresa de la persona solicitante; b) parte médico de baja y de confirmación del periodo por el que se solicita la devolución; c) recibos salariales justificativos del pago realizado por la empresa y percibido por el trabajador.