Última revisión
Solicitud de renta agraria para trabajadores eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura.
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 29/06/2022
Resumen:
El Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, regula, dentro de la acción protectora por desempleo, una prestación económica específica denominada renta agraria, dirigida a los trabajadores eventuales agrarios que se encuentran en situación de desempleo y no puedan ser beneficiarios del subsidio por desempleo establecido por el Real Decreto 5/1997, de 10 de enero.
La protección tiene una duración limitada, puesto que el derecho a la renta agraria podrá reconocerse, como máximo, en seis ocasiones, tiempo suficiente para que los trabajadores adquieran la formación y preparación que les facilite mejores oportunidades de empleo que sean alternativas o complementarias del trabajo agrario no cualificado y de la situación de desempleo continuada.
Para obtener el derecho a la renta agraria los trabajadores deberán solicitarlo conforme a lo previsto en el art 10.1 Real decreto 426/2003, de 11 de abril, suscribir el compromiso de actividad en la fecha de la solicitud y reunir y acreditar los requisitos exigidos.
Para acceder a la renta agraria, se presentará el modelo oficial que deberá estar correctamente cumplimentado.