Última revisión
Solicitud de revocación de medida cautelar de personación cada quince días
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Orden: penal
Fecha última revisión: 28/01/2019
Resumen:
La obligación de comparecencia periódica ante el órgano judicial es la consecuencia de una medida cautelar de libertad provisional.
Artículo 530 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: "El investigado o encausado que hubiere de estar en libertad provisional, con o sin fianza, constituirá apud acta obligación de comparecer en los días que le fueren señalados en el auto respectivo, y además cuantas veces fuere llamado ante el juez o tribunal que conozca de la causa. Para garantizar el cumplimiento de esta obligación, el juez o tribunal podrá acordar motivadamente la retención de su pasaporte".
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO [NUMERO]
Don/ Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don/ Doña [NOMBRE_CLIENTE], cuya representación consta acreditada en el procedimiento Abreviado nº [NUMERO]/[NUMERO], ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho,
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