Última revisión
Subsidio Durante Inactividad de Artistas Embarazadas o Lactando - INSS
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Modelo de solicitud de subsidio durante el periodo de inactividad de las artistas embarazadas o en sitación lactancia natural. INSS
DESTINATARIOS
Artistas en espectáculos públicos en situación de embarazo o lactancia natural.
La inactividad de artistas en espectáculos públicos incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social se regula mediante el art. 249 ter LGSS
Durante los periodos de inactividad, quedará protegida, la situación de la trabajadora embarazada o en periodo de lactancia natural hasta que el hijo cumpla 9 meses, que no pueda continuar realizando la actividad laboral que dio lugar a su inclusión en el Régimen General como artista en espectáculos públicos a consecuencia de su estado, debiendo acreditarse dicha situación por la inspección médica del Instituto Nacional de la Seguridad Social. En estos supuestos se reconocerá a la trabajadora un subsidio equivalente al 100 por ciento de la base de cotización establecida en el apartado anterior.
El pago de dicha prestación será asumido mediante la modalidad de pago directo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
NORMATIVA
- Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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