Arrendamiento de vivienda. Novación y conversión en arrendamiento de temporada. ...rso número 1932/2007
Arrendamiento de vivienda... 1932/2007

Arrendamiento de vivienda. Novación y conversión en arrendamiento de temporada. Sentencia del Tribunal Supremo de 04 de abril de 2011, número 790/2010, Sección 1ª. Recurso número 1932/2007

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Orden: Civil

Fecha: 04 de Abril de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: XIOL RIOS, JUAN ANTONIO

Nº de sentencia: 790/2011

Nº de recurso: 1932/2007

Núm. Cendoj: 28079110012011100225

Núm. Ecli: ES:TS:2011:2145

Núm. Roj: STS 2145/2011

Resumen
Para que exista novación objetiva del contrato es preciso que el animus novandi (voluntad de novar) sea expresado por las partes de forma inequívoca. El concepto de novación es objeto de interpretación restrictiva y no se presume por lo que no puede declararse en virtud de presunciones por muy razonables que puedan ser. La exteriorización de la voluntad de novar puede ser expresa o tácita. La sentencia recurrida sólo examinó de forma indirecta la voluntad de novar del arrendatario pero no la del arrendador, por lo que falta la acreditación de la voluntad modificativa del contrato. Procedencia del retracto: para la validez del derecho de retracto es irrelevante la cantidad de dinero que debiera recibir el acreedor en la ejecución hipotecaria en la que se efectuó la subasta del inmueble objeto del retracto.

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Voces

Arrendatario

Novación

Retracto

Relación arrendaticia

Contrato de arrendamiento de vivienda

Ejecución hipotecaria

Contrato verbal de arrendamiento

Contrato de arrendamiento

Acción de retracto

Arrendador

Acreedor hipotecario

Sociedad de responsabilidad limitada

Provisión de fondos

Precio de venta

Tácita reconducción

Vivienda libre

Valor de mercado

Local comercial

Ejercicio del derecho de retracto

Abuso de derecho

Representación procesal

Arrendamiento de vivienda

Derecho de retracto