Auto Civil Nº 76/2005, Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1, Rec 431/200...de Noviembre de 2005
Auto Civil Nº 76/2005, Au...re de 2005

Última revisión
08/11/2005

Auto Civil Nº 76/2005, Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1, Rec 431/2005 de 08 de Noviembre de 2005

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Orden: Civil

Fecha: 08 de Noviembre de 2005

Tribunal: AP - Salamanca

Ponente: PEREZ SERNA, JESUS

Nº de sentencia: 76/2005

Nº de recurso: 431/2005

Núm. Cendoj: 37274370012005200027

Núm. Ecli: ES:APSA:2005:27A

Núm. Roj: AAP SA 27/2005

Resumen
Se estima la impugnación contra la sentencia estimatoria del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ciudad Rodrigo, sobre inadecuación del procedimiento en la ejecución de pagaré. Los pagarés no son títulos ejecutivos, dada su carencia de garantías y de autenticidad. Contra estos el deudor cambiario puede oponer al tenedor las excepciones de carácter procesal y de carácter material, no sólo las propiamente cambiarias sino también las extracambiarias, como las basadas en las relaciones personales. Por lo que lo correcto hubiera sido acudir al Juicio Cambiario y no al Ejecutivo, como erróneamente se hizo. Por tanto, se declara la inadecuación del procedimiento elegido para hacer efectivo el importe de los pagarés. Tal decisión determina la desestimación de la misma, dejando imprejuzgado el fondo de la cuestión litigiosa.

Voces

Pagaré

Cheque

Despacho de la ejecución

Juicio cambiario

Demanda ejecutiva

Acción cambiaria

Letra de cambio

Título ejecutivo

Relación jurídica

Inadecuación del procedimiento

Ius cogens

Causa petendi

Título cambiario

Juicio ejecutivo

Sentencia firme