Auto CIVIL Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 3905/2018 de 02 de Diciembre de 2020
Última revisión
Auto CIVIL Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 3905/2018 de 02 de Diciembre de 2020
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 02 de Diciembre de 2020
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DIAZ FRAILE, JUAN MARIA
Nº de recurso: 3905/2018
Núm. Cendoj: 28079110012020204457
Núm. Ecli: ES:TS:2020:11480A
Núm. Roj: ATS 11480:2020
Resumen
ACCIÓN DE CONDENA DINERARIA. LEY 57/1968. Recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia recaída en la segunda instancia en un juicio ordinario tramitado por razón de la cuantía, en el que esta es inferior a 600.000 euros. -Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional (arts. 477.2.3.º y 483.2.3.º LEC), no se justifica que la sentencia recurrida, a la vista de su base fáctica y razón decisoria, se oponga a la doctrina de esta sala; falta de indicación de norma sustantiva infringida aplicable al fondo del asunto (art. 483.2.2.º LEC, en relación con el art. 477.1 LEC), inexistencia de interés casacional (arts. 477.2.3.º y 483.2.3.º LEC) por falta de respeto a la razón decisoria de la sentencia recurrida.La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16.ª, apartado 1 y regla 5.ª párrafo segundo de la LEC).
Voces
Contrato de compraventa
Cesionario
Causa de inadmisión
Infracción procesal
Irrenunciabilidad de derechos
Mandato
Comunidad de propietarios
Sociedad cooperativa
Fondo del asunto
Valoración de la prueba
Residencia
Carga de la prueba
Cuestiones procesales
Inadmision del recurso de casación
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder