Auto Social Nº 17/2012, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo S...3 de Febrero de 2012
Auto Social Nº 17/2012, T...ro de 2012

Última revisión
23/02/2012

Auto Social Nº 17/2012, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 38/2011 de 23 de Febrero de 2012

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Orden: Social

Fecha: 23 de Febrero de 2012

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: LOZANO MORENO, LUIS

Nº de sentencia: 17/2012

Nº de recurso: 38/2011

Núm. Cendoj: 41091340012012200006

Núm. Ecli: ES:TSJAND:2012:9A

Resumen
Recurso contra la Sentencia que confirme sanción del trabajador. Contra las sentencias que se dicten en estos procesos de impugnación de sanciones, no cabrá recurso alguno, a excepción de los casos sobre la imposición de sanciones por faltas muy graves, apreciadas judicialmente. El art. 189, LJS, establece cuáles son las Sentencias susceptibles de recurso de suplicación, excluyendo expresamente en el apartado primero "los de impugnación de sanción por falta que no sea muy grave, así como por falta muy grave no confirmada judicialmente", ratificando así lo que dispone el art. 115.3, LJS, según el cual contra las Sentencias dictadas en procesos de impugnación de sanciones no cabrá recurso alguno, salvo en los casos de sanciones por faltas muy graves, apreciadas judicialmente.

Voces

Convenio colectivo

Grabación

Sanciones laborales